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Horas Extras En México


Enviado por   •  12 de Marzo de 2013  •  625 Palabras (3 Páginas)  •  937 Visitas

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Las horas extras son las que se laboran después de la jornada normal, por requerimientos especiales de las empresas. Trabajar tiempo extra es un derecho y deber del que gozan los empleados, sin embargo, la Ley Federal del Trabajo limita el tiempo extra a que no se debe de trabajar más de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

Para el cálculo de las horas extras es importante conocer los horarios de las jornadas de trabajo:

La jornada laboral diurna es entre las seis y veinte horas con ocho horas de trabajo.

La jornada laboral nocturna es entre las veinte horas y seis horas con siete horas de trabajo.

La jornada laboral mixta, comprende períodos de tiempo de jornadas diurna y nocturna siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media.

El pago que debe recibir el trabajador por horas extras laboradas será de un 100% más del salario que corresponda a las horas de la jornada normal y después de rebasar nueve horas a la semana se pagará con un salario del 200% más del que corresponda, está es una sanción hecha al patrón por haber permitido o encomendado al trabajador laborar por mas de el tiempo establecido por la Ley.

Si el trabajador labora en su día de descanso o en día festivo el salario debe ser pagado al triple.

Trabajar en domingo el 25% de su salario diario como prima vacacional.

La Ley Federal del Trabajo nos señala que el trabajador no está obligado a laborar en su día de descanso, de igual manera considera que los trabajadores no pueden ser obligados a laborar una jornada mayor a la permitida en dicha Ley.

Para calcular el costo de cada hora extra se divide entre ocho el salario diario y el resultado se multiplica por dos para conocer la hora extra normal y si excede de nueve horas a la semana el resultado se multiplica por tres.

Artículo 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

Artículo 60.- Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas.

Jornada nocturna es la comprendida entre las veinte y las seis horas.

Jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.

Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.

Artículo 65.- En los casos de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros o del patrón, o la existencia misma de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar esos males.

Artículo

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