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IDENTIDAD DE PERSONA


Enviado por   •  26 de Mayo de 2015  •  Tesis  •  450 Palabras (2 Páginas)  •  316 Visitas

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PROCEDIMIENTO JUDICIAL

NO CONTENCIOSO

JURISDICCION VOLUNTARIA

IDENTIDAD DE PERSONA

PROMOVENTE: MARIA LEONOR SOSA BARRON

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL

DISTRITO JUDICIAL DE OTUMBA CON RESIDENCIA

EN TECAMAC, ESTADO DE MEXICO.

P R E S E N T E:

MARIA LEONOR SOSA BARRON, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones la Lista y Boletín Judicial de este H. Juzgado, autorizando para tal efecto de conformidad a lo establecido en el artículo 1.93 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la entidad a los Licenciados en Derecho; KARINA CASTAÑEDA CAMPOS y MANUEL LOPEZ ARREDONDO con Cedulas Profesionales Numero 3372118 y 7176839, respectivamente, expedidas a su favor por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, a quienes desde este momento señalo como mis abogados patronos, así mismo autorizo para oír y recibir todo tipo de notificaciones, consultar el expediente y recoger toda clase de documentos los C. ANA MARIA CAMPOS ZAMORA, BRENDA CASTAÑEDA SANTILLAN, CESAR GALICIA ZAMORA y ABRAHAM DAVID VILLALOBOS ROSALES, indistintamente, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo que establecen los artículos 8, 17 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 3.1 y 3.2 del Código de Procedimientos Civiles por el Estado de México, vengo a promover PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3.2 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado De México, manifiesto:

a) Solicito se emita una resolución donde se establezca que la C. MARIA MAGDALENA BARRON PEREZ, en vida utilizo también los nombres de MAGDALENA BARRON y MAGDALENA BARRON PEREZ, tal y como obra asentado en las documentales publicas que adjunto al presente escrito, toda vez que la misma me es indispensable para diferentes usos de índole legal.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

1.- En fecha veintidós de julio del año mil novecientos treinta y ocho, en la ciudad de Tulancingo, Hidalgo, nació la C. MARIA MAGDALENA BARRON PEREZ, quien fue registrada ante el Oficial del Registro del Estado Familiar de esa misma ciudad, con el nombre arriba señalado, tal y como se demuestra con la copia certificada del Acta de nacimiento de la C. MARIA MAGDALENA BARRON PEREZ, expedida por el Oficial del Registro del Estado Familiar de Tulancingo, Hidalgo, documental publica que adjunto al presente como ANEXO NUMERO UNO.

2.- El día 25 de Febrero del 2012 acaeció el fallecimiento de la C. MARIA MAGDALENA BARRON PEREZ, tal y como se demuestra con la copia certificada del Acta de defunción de la C. MARIA MAGDALENA BARRON PEREZ, expedida por el Oficial

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