IMPACTO LOTTT
Enviado por ANGELJCM28 • 16 de Julio de 2013 • 2.733 Palabras (11 Páginas) • 305 Visitas
Septiembre de 2012
Impacto económico
de la Ley Orgánica
del Trabajo,
Trabajadores y
Trabajadoras (LOTTT)
en Venezuela
Federico López
Impacto económico de la Ley Orgánica
del Trabajo, Trabajadores y
Trabajadoras (LOTTT) en Venezuela
Federico López
Caracas, Septiembre de 2012
Los análisis y conclusiones contenidos en el presente documento, son de la exclusiva
responsabilidad del autor y en nada comprometen al Instituto Latinoamericano de
Investigaciones Sociales (ILDIS), como organización que coordinó su elaboración y
promovió su debate público.
Instituto Latinoamericano de
Investigaciones Sociales (ILDIS)
Oficina en Venezuela de la
Fundación Friedrich Ebert
Av. San Juan Bosco, cruce
con 2da Transversal de
Altamira, Edif. San Juan, Piso 4,
Oficina 4-B.
Caracas, Venezuela.
Teléf.: (0212)2632044 / 2634080
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Director del ILDIS y
Representante de la
Fundación Friedrich Ebert en Venezuela:
Heinrich Sassenfeld.
Coordinador institucional del documento:
Flavio Carucci T.
Director de Proyectos del ILDIS
Asistente:
Eskeila Guerra
Asistente de Dirección
Asistente de Proyectos del ILDIS
Autor: Federico López
La impresión y reproducción total o parcial de este documento es permitida, siempre y cuando se
mencione su autor y la institución que coordinó su elaboración.
ÍNDICE
Introducción 1
Categorías de impacto 1
Impactos económicos directos de mediano plazo: El Sistema de Prestaciones
Sociales (Capítulo III de la LOTTT)
2
Impactos económicos directos de corto plazo 6
El impacto de los intangibles: un impacto a cuidar 8
Sobre la productividad, el empleo, la inversión y la competitividad 9
Comentarios finales 10
1
Introducción
El pasado 8 de Mayo de 2012, el Gobierno venezolano promulgó una nueva Ley
Orgánica del Trabajo (Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras
LOTTT). El contenido de esta nueva ley solo fue conocido por las organizaciones
patronales, sindicales y comunidad venezolana en general horas después de que
fuera anunciada por el Presidente de la República. Días después, el 07 de Mayo,
fue promulgada en Gaceta Oficial (Número 6076 extraordinario) mediante el
decreto 8938 basándose el mismo en los poderes especiales concedidos al
presidente por la Asamblea Nacional con motivo de la emergencia de las lluvias del
año 2010.
El propósito de este documento es mostrar los impactos económicos tangibles e
intangibles que esta ley presenta, y comparar la cuantificación bajo diversos
escenarios mencionados más adelante. Se efectúan asimismo, algunas
consideraciones sobre la productividad, empleo, inversión y competitividad de las
organizaciones y algunas recomendaciones generales.
Categorías de impacto
A lo largo del presente documento se dividirán los impactos económicos de la ley
en impactos de mediano/largo plazo y en los de corto plazo. Asimismo, se
clasificarán los mismos en tangibles, esencialmente caracterizados por un impacto
económico monetario directo, e intangibles, como aquellas categorías de impacto
económico pero de cuantificación actuarial mas “indirecta”. El cuadro # 1 muestra
de manera resumida la clasificación de los impactos que se explicarán a
continuación.
Cuadro # 1: Impactos económicos de la nueva Ley Orgánica del Trabajo
(LOTTT/Caso Venezuela)
2
Impactos económicos directos de mediano plazo: El Sistema de
Prestaciones Sociales (Capítulo III de la LOTTT)
Esta categoría se refiere fundamentalmente a las indemnizaciones como resultado
de la terminación de la relación de trabajo. El sistema previo a la reforma de Mayo
de 2012 consistía básicamente en el otorgamiento de 45 días el primer año, 60 el
segundo y 2 días más por año hasta un máximo de 90 días. En términos generales
era conocido como un sistema “no retroactivo”. La acumulación era basada sobre
el salario de cálculo de cada mes. Si graficamos este sistema en términos de días
acumulados por año resultaría en una función similar a la representada en el
gráfico # 1 como sistema “No retroactivo”.
La nueva Ley (LOTTT) no elimina el sistema “no retroactivo”. Incorpora
nuevamente el sistema “retroactivo” que había sido derogado en 1997 en la
reforma del Sistema de Prestaciones Sociales y señala que en caso de la
terminación de la relación de trabajo, debe seleccionarse aquella opción entre el
sistema retroactivo (calculando desde el año 1997) y el no retroactivo que muestre
un mayor valor para el trabajador. Para el lector no familiarizado con el sistema
retroactivo venezolano, este toma el último salario de cálculo y lo multiplica por la
última antigüedad para obtener el valor de referencia.
Gráfico # 1 Sistema Retroactivo vs Sistema No Retroactivo (Esquema
General)
3
De lo anterior surgen dos consecuencias: la primera es que el sistema no
retroactivo crece de manera aritmética (dos días, por año de antigüedad), mientras
que el sistema retroactivo crece de manera “exponencial”. La segunda es, por
tanto, que el sistema retroactivo beneficia a las antigüedades “altas” mientras que
el sistema no retroactivo beneficia a las antigüedades “bajas”.
Esto implica que para calcular el impacto en la modificación del sistema de
prestaciones sociales (zona rayada amarilla del gráfico #1) es necesario calcular la
antigüedad a partir de la cual se produce dicho impacto.
Se demostrarán entonces los escenarios asumiendo diferentes niveles de inflación.
Para todos estos niveles se asumirá que los incrementos salariales son iguales a la
inflación. Los resultados se muestran a continuación en los gráficos 2,3 y 4:
Gráfico # 2: Prestaciones Sociales (Acumulado LOT (sistema no retroactivo)
versus Sistema Retroactivo LOTTT)* (Inflación=Incrementos=30%)
30
530
1030
1530
2030
2530
0 5 10 15 20 25 30
Días Acumulados
Antigüedad
4
Grafico # 3: Prestaciones
...