INFORME TECNICO DE RECONOCIMIENTO DE RIESGO
Enviado por memenicol • 27 de Mayo de 2015 • 1.752 Palabras (8 Páginas) • 268 Visitas
INFORME TECNICO DE RECONOCIMIENTO DE RIESGO
BODEGA COMUN
(INF.TEC.MUNICOQ.)
La oficina de prevención de riesgo realizo una inspección a las bodegas de almacenamiento de sustancias peligrosas, residuos peligrosos y no peligrosos, con el objetivo de identificar los riesgos a los cuales los trabajadores se encuentran expuestos, para así aplicar medidas correctivas necesarias con el fin de evitar accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar la integridad de las personas.
Foto Nº1.
BODEGA COMUN. TALLER MUNICIPAL
NORMATIVA LEGAL APLICABLE
Decreto Supremo Nº 594 Aprueba el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Ley Nº 16.744 Seguro Social Contra Accidentes y Enfermedades Profesionales.
Decreto supremo Nº78 Aprueba el reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.
Decreto supremo Nº148 Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
1.-INSPECCIÓN: extintores
DESCRIPCION DE LA INSPECCION:
El día lunes 18/05/15. La Oficina de Prevención de Riesgos realizó una inspección planeada a la bodega común del taller municipal, en donde se verificó el número de equipos de mitigación contra incendios con los que cuenta, además se constató el estado del extintor. Revisando; Presión del equipo, Agente Extintor, Masa del cilindro, Señalética entre otros.
Se depende solo de 1 equipo de mitigación (extintor) el cual debería existir de acuerdo al perímetro del lugar y además este no se cuenta con las condiciones para operar en caso de requerirse su manipulación en alguna emergencia.
Foto Nº 2
Riesgo Asociado:
Respuesta deficiente frente a emergencias de Incendio por parte de los trabajadores.
No funcionamiento del aparato de mitigación al momento de un evento.
Medida de Control:
instruir y entrenar a los trabajadores sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia.
Proteger el extintor con caja metálica para evitar ser manipulado por personas ajenas al personal de la dependencia.
Realizar la mantención requerida por aparato de extinción.
Poner más extintores de acuerdo a la cantidad de metros totales y a sustancias ubicadas en la bodega.
Darle una buena ubicación a cada extintor que se ponga en la bodega.
Poner señalética indicando que existe aparatos de extinción y donde se encuentra.
Legislación aplicable
DECRETO SUPREMO 594 SOBRE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJOS.
Artículo N° 47: “Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier obstáculo y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1.30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados”.
Articulo Nº48: Todo el personal que se desempeña en un lugar de trabajo deberá ser instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia.
Artículo 49: Los extintores que precisen estar situados a la intemperie deberán colocarse en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia.
Artículo 51: Los extintores deberán ser sometidos a revisión, control y mantención preventiva según normas chilenas oficiales, realizada por el fabricante o servicio técnico, de acuerdo con lo indicado en el decreto N° 369 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo menos una vez al año, haciendo constar esta circunstancia en la etiqueta correspondiente, a fin de verificar sus condiciones de funcionamiento. Será responsabilidad del empleador tomar las medidas necesarias para evitar que los lugares de trabajo queden desprovistos de extintores cuando se deba proceder a dicha mantención.
2.- INSPECCION: Señaléticas.
En cuanto a la inspección podemos decir que la bodega consta con señalización, pero con la que cuenta se encuentra en mal estado, en lugares poco visibles, no corresponden al lugar u objeto con lo que se está indicando, las líneas para el paso libre de personal están muy cercanas a la bodega en si. Se le pregunto al personal y desconocen la situación.
Foto N°4 Foto N°5
Riesgo Asociado:
Incendio al fumar en lugar no autorizado.
Causar algún daño a maquinarias o vehículos por confundir alguna sustancia por otra.
Irritación por no utilización de epp adecuados.
Cortes con materiales metálicos por falta de señalización que se encuentra en el lugar.
Atropello por transitar en lugar no autorizado.
Medida de control:
Solicitar la señalización adecuada para ubicarla en su lugar.
Capacitar al personal municipal mostrando y enseñando el significado de cada señalética.
Realizar inspecciones cada 3 meses para verificar el estado de las señaléticas.
Legislación aplicable
DECRETO SUPREMO Nº148 “REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS”
ARTICULO 33:
Los sitios donde se almacenen residuos peligrosos deberán cumplir las siguientes condiciones:
f) Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190
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