INVESTIGACION Y RECONSTRUCCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Enviado por luisgordillopere • 1 de Abril de 2016 • Informe • 340 Palabras (2 Páginas) • 226 Visitas
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INVESTIGACION Y RECONSTRUCCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
PERITAJE TECNICO DE PARTE N°02-2016
- ANTECEDENTES
- Policiales
- Informe Policial Nro. 72-2015-REGPOL-MOQ/DIVPOS-CM-SIAT, de fecha 23 de Marzo del 2015, formulado por el efectivo policial SO1.PNP. Alex J. Salazar Arenas, perteneciente a la Comisaria Policía Nacional de Moquegua.
- Informe sobre las observaciones del Perito de Parte de fecha 25 de Julio del 2015, formulado por el efectivo policial SO1.PNP. Alex J. Salaras Arenas, perteneciente a la Comisaría Policía Nacional Los Ángeles.
- Peritaje Técnico N°. 001-2016-DEPTRA-SECPIAT de fecha 08 de Marzo del 2016, formulado por el efectivo policial SOS.PNP. Luis Alberto Macedo Vizcardo, perteneciente a la Sección Prevención e Investigación de Accidentes de Tránsito del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional de Moquegua.
- Periciales
- Peritaje de Parte de fecha
- Ampliación de Peritaje Técnico de Parte de fecha 15 de Mayo del 2015, formulado por LUIS ROMAN GORDILLO PEREZ, Perito en Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tránsito.
- Marco Normativo
- Reglamento Nacional de Tránsito (DS.Nro. 016-2009-MTC y sus modificatorias), en cuanto se refiere a los arts.xxxxxxx
- Tratamiento Técnico y Jurídico de los Accidentes de Tránsito.
- OBJETIVO PRINCIPAL
- Hacer las aclaraciones pertinentes que complementen adecuadamente el estudio sobre el accidente de tránsito, los que no han sido tomados en consideración en los documentos policiales y/o que resultan los mismos extremadamente excéntricos, parcializados y fragmentarios, a fin que las autoridades competentes tengan una clara evaluación de los hechos.
- Demostrar que no existen soportes técnicos ni legales, en el accidente materia de la presente pericia, que expliquen la imprudencia temeraria que los instructores policiales de los documentos pertinentes pretenden atribuir responsabilidad al conductor de la UT-1 en sus conclusiones.
- Rechazar también el intento de establecer una responsabilidad compartida, cuando está claro, que el que dio lugar al accidente de tránsito infringiendo inicialmente la normas de transito es el conductor de la UT-2, al interponerse al eje de marcha de la UT-1, ingresando a la intersección en forma abrupta, sorpresiva y temeraria, provocando el accidente de tránsito.
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