Impuesto Empresarial a Tasa Única
Enviado por itzeflores • 3 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 1.212 Palabras (5 Páginas) • 302 Visitas
IETU
Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es un impuesto aplicable en México. La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, que fue aprobada por el Congreso de la Unión el 1° de junio de 2007 y entró en vigor el 1 de enero del 2008, formó parte del paquete de Reforma Fiscal propuesto por el Poder Ejecutivo.
Sujetos
Conforme a lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única vigente, están obligadas al pago del impuesto empresarial a tasa única las personas físicas (con actividad empresarial o régimen intermedio) y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país por los ingresos que obtengan, independientemente del lugar en donde se generen, por la realización de las siguientes actividades:
• Enajenación de bienes
• Prestación de servicios independientes
• Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y servicio Después de una larga espera para este impuesto, el IETU, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo decreta constitucional, la ley del impuesto empresarial a tasa única el pasado 9 de febrero de 2010, al negar el amparo a varias empresas (amparadas). da el fallo a y dice en un comunicado de "No vulnera los principios constitucionales de equidad, proporcionalidad y legalidad tributaria", determinaron los ministros de la Suprema Corte. así mismo Permite la deducción de regalías entre partes independientes y las prohíbe cuando se trata de partes relacionadas. El IETU "no vulnera el principio de legalidad tributaria, ya que su objeto se encuentra delimitado en dicho ordenamiento," señalando que éste corresponde a los ingresos brutos, sin perjuicio de las deducciones y créditos que prevé la ley.
Base
El impuesto empresarial a tasa única se calcula aplicando la tasa del impuesto a la cantidad que resulte de disminuir, de la totalidad de los ingresos percibidos por las actividades gravadas descritas anteriormente, las deducciones autorizadas que establece esta Ley.
Ingresos percibidos
Para efectos de esta ley, se consideran ingresos percibidos aquellos que fueron efectivamente cobrados durante el ejercicio, en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Ingresos exentos
• Los obtenidos por la Federación, por las entidades federativas, por los municipios, por los órganos constitucionales autónomos y por las entidades de la administración pública paraestatal.
• Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos legalmente reconocidos.
• Sindicatos obreros
• Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.
• Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, colegios de profesionales, asociaciones patronales, y los organismos que conforme a la ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.
• Las instituciones o sociedades civiles administradoras de fondos o cajas de ahorro, las sociedades cooperativas de consumo, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popular.
• Asociaciones de padres de familia y las sociedades de gestión colectiva
• Los obtenidos por personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
• Los que perciban las personas físicas y morales, provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta.
• Los que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta.
• La enajenación de partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito, con excepción de certificados de depósito de bienes y de certificados de participación inmobiliaria no amortizables.
• La enajenación de moneda nacional y moneda extranjera, excepto cuando la enajenación la realicen personas que exclusivamente se dediquen a la compraventa de divisas (más del 90% de sus ingresos).
• Las personas
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