Impuestos De Las Empresas
Enviado por Karen1392 • 14 de Noviembre de 2014 • 3.105 Palabras (13 Páginas) • 179 Visitas
Impuesto Sobre la Renta
En la actualidad, Guatemala aplica Impuesto
sobre la Renta a los contribuyentes residentes
en alguno de los siguientes regímenes:
a.- Régimen Sobre las Utilidades de Actividades
Lucrativas, que consiste en un impuesto
de 25% sobre la base imponible determinada
sobre la utilidad neta.
b.- Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos
de Actividades Lucrativas, que consiste
en un 7% de impuesto sobre los ingresos brutos
(ingresos sin deducciones de ningún tipo).
Las tasas de impuestos antes indicadas tienen
vigencia a partir del 1 de enero de 2013 y
conforme un artículo transitorio de la ley, las
tasas vigentes para el año 2013 son el 31% y
6% respectivamente.
Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos
de Actividades Lucrativas
Consiste en un 6% de impuesto directo sobre
los Ingresos Brutos para los contribuyentes
residentes, para el año 2013 y un aumento
al 7% para el año 2014. La mecánica de este
6% temporal de impuesto directo sobre los
Ingresos Brutos es por medio de un régimen
de retenciones definitivas que deben realizar
los contribuyentes que realicen pagos a las personas afectas. En caso el pago sea realizado por una persona que no lleva contabilidad
completa, o bien, que la persona obligada
no realizó la retención correspondiente, la ley
establece la obligación de presentar a las cajas
fiscales un pago equivalente al 7% de ISR mediante
declaraciones mensuales, presentadas
por el contribuyente a la Agencia Tributaria
dentro de los 10 primeros días hábiles del mes
siguiente de emitida su factura.
Las retenciones se efectúen por los clientes
del contribuyente al momento de pagar las
facturas correspondientes. El agente de retención
debe entregar al contribuyente una constancia
de retención como documentación de
soporte del impuesto retenido. El agente de
retención es el encargado de pagar a la Agencia
Tributaria las retenciones dentro de los 10
primeros días hábiles del mes siguiente de
retenido el impuesto. Además de las presentaciones
mensuales, el régimen de pago del 6%
de impuesto sobre Ingresos Brutos requiere
de la presentación de una Declaración Anual
de Impuesto sobre la Renta, que normalmente
es sólo para fines informativos ya que la
obligación tributaria ha sido pagada a través
de las declaraciones o retenciones mensuales;
sin embargo, existe la posibilidad de al final
del periodo se pueda determinar que existe
pago en exceso el cual deberá reclamar su
devolución a la Oficina de Impuestos.
En la ley del ISR no se establece que la oficina
de impuestos pueda autorizar a los contribuyentes
realizar pago directo del impuesto en
sustitución del régimen de retenciones, sin
embargo, dicha oficina publicó en el Diario
Oficial un acuardo que prmite que los contribuyentes
puedan solicitar su autorización para
evitar que les hagan retenciones y pagar su
impuesto directamente, por lo tanto aquellas
empresas que cumplan con los requisitos
necesarios, pueden hacer dicha solicitud.
Esta declaración anual debe ser presentada
en una base de año calendario y tiene fecha
límite el 31 de marzo.
Ingresos Brutos (total volumen de ingresos)
(-)
(-)
(-)
Rentas Exentas y de fuente extranjera
Rentas de Capital
Ganancias de Capital
(=) Base Imponible
X Tasa (6% en 2013; y 7% de 2014 en adelante)
(=) Impuesto determinado (a pagar)
Utilidad Contable
(-)
(-)
(+)
(-)
(=)
Rentas Exentas y No Afectas
Rentas de Capital
Gastos No Deducibles (utilidad contable)
Otras Deducciones
Renta Imponible
X
(=)
Tasa (31% en 2013)
Impuesto Determinado (a pagar)
Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas
Los contribuyentes pueden elegir el régimen para declarar y pagar el correspondiente impuesto sobre la renta
que consiste en el pago de un impuesto corporativo del 25% que se aplica a la renta imponible que se determina
sobre la base de los ingresos netos. Para el año 2013 se aplica un articulo transitorio que establece una tasa
de impuesto del 31% y en 2014 del 28%, quedando como tarifa definitiva el 25% a partir del año 2015.
En este régimen de pago se deben presentar anticipos del impuesto por medio de pagos trimestrales que se
cumplan por medio de una Declaración Jurada en los primeros 10 días hábiles del mes inmediato siguiente a
finalizado cada uno de los trimestres calendario, presentando una Declaración Jurada Anual como liquidación
del impuesto.
Asimismo deben consignar en sus facturas “sujeto a pagos trimestrales”, efectuar retenciones a quienes les
vendan o les presten servicios, se debe llevar una contabilidad completa y deben elaborar inventario anualmente
y reportar a la Administración Tributaria, las existencias en los meses de enero y julio de cada año.
La base imponible para las personas naturales y jurídicas domiciliadas en Guatemala que realizan actividades
comerciales y que optaron por este régimen de impuesto, se calcula sobre la base de la utilidad contable según
Los proyectos altamente rentables con tasas efectivas del impuesto a sociedades superiores al 7% sobre los ingresos
brutos han encontrado que el 7% directo de Impuesto sobre Ingresos Brutos (6% en 2013) es una oportunidad para
reducir su carga fiscal. Además, las faltas normas de precios de transferencia y reglas de consolidación fiscal, entre utilidades
locales, junto con la tasa directa de impuesto del 7%, crea espacio para las oportunidades de planificación fiscal.
A continuación encontrará el procedimiento de cálculo del Impuesto sobre la Renta en virtud del presente régimen:
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el estado de resultados preparado de acuerdo con los PCGA en Guatemala (equivalente
a las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF-), ajustado por gastos no
deducibles, ingresos exentos, ingresos de fuente extranjera, y algunas deducciones o
beneficios fiscales, como se muestra a continuación:
Los elementos más significativos de gastos no deducibles
son los siguientes:
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