Incidente objecion de dictamen pericial en materia de grafoscopìa
Enviado por yanett08 • 24 de Octubre de 2018 • Ensayo • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 777 Visitas
JUICIO ORDINARIO MERCANTIL
EXPEDIENTE NUM. 305/018
INCIDENTE DE OBJECIÓN DE DICTAMEN PERICIAL EN DOCUMENTOSCOPIA Y GRAFOSCOPIA
C. JUEZ QUINTO DEL RAMO MERCANTIL
LIC YANETT ARAHI HERNANDEZ SANCHEZ por propio derecho personalidad debidamente acreditada y reconocida en autos del juicio al rubro, ante usted respetuosamente con el debido respeto expone:
Por medio del presente libelo acudo a desahogar la vista ordenada en auto de fecha 17 de octubre de 2018 en los términos siguientes:
Con relación al contenido de dictamen pericial de la parte actora del juicio al rubro presentado y ratificado por el Perito VERONICA SALAS LEURA y con fundamento en el artículo 1349,1350, 1351, 1353, 1357 me permito hacer las observaciones de diversas y múltiples omisiones:
En los próximos numerales, cito textualmente parte de contenido de escrito de dictamen que presento el perito de la parte ACTORA con el propósito de fundar y motivar cada una de las objeciones:
PRIMERO. - El perito de la parte ACTORA en el cuerpo de escrito de dictamen dijo en el apartado nombrado ESTUDIO. – en la elaboración del presente dictamen empleare el método de comparación formal teniendo como doctrina la de SAUDEK que dice: nadie es capaz de modificar al mismo tiempo la riqueza y variedad de formas, enlaces, dirección, y la presión de un escrito, firma o nombre; así como un minucioso examen físico auxiliándome en cuanto a la vista se refiere de lentes de aumento, lampara de cuarzo y cámara fotográfica para poder amplificar la impresión y tener una mejor apreciación de los trazos…””
…… incurriendo en falsedad en el dictamen de este peritaje ya que tal y como se podrá comprobar con la testimonial que rendirá C. LUCAS MARTINEZ FLORES quien estuvo presente en el desahogo del muestreo de firmas el día 05 de octubre de 2018 a las 10:00 horas llevado a cabo en la sala de audiencias de este H. juzgado, donde se le puso a la vista el documento base de la acción al perito C. VERONICA SALAS LEURA, percatándose que únicamente utilizo como instrumentos técnicos u equipo para la realización del dictamen la cámara trasera de un celular marca desconocida que además a simple vista se apreciaba que no era de los de alta definición, asimismo al ser una audiencia donde se cuenta con salas de audiencias con cámaras en las mismas podrá verificarse este hecho.
SEGUNDO. - específicamente en el CAPÍTULO DE MÉTODOS Y TÉCNICAS APLICADAS EN EL ESTUDIO; manifiesta en el apartado de instrumento técnico o equipo que utilizo para la toma de muestras fotográficas, en la que baso su dictamen; refiere que utilizo una cámara fotográfica marca Sony DSC-S730 de 7.2 megapixeles de alta sensibilidad iso 1250, pantalla lcd 2,4, 3x óptical zom, teléfono celular marca Samsung de alta definición.
Rindiendo el perito C. VERONICA SALAS LEURA datos falsos, distintos y no coincidentes tanto al indicar en el apartado ESTUDIO, y en el apartado de CAPÍTULO DE MÉTODOS Y TÉCNICAS APLICADAS EN EL ESTUDIO; los instrumentos técnicos y equipos que supuestamente utilizo, distintos, conduciéndose con falsedad por lo tanto debe considerarse el dictamen contradictorio, incongruente y no confiable por lo que deberá desestimarse.
TERCERO. – COMO SE PUEDE APRECIAR A FOJAS 238; LA PERITO OFRECIÓ UNA IMAGEN AUMENTADA donde trata de mostrar las firmas procedentes supuestamente de la firma indubitable del demandado estampada en la credencial para votar y en muestreo grafico; pero omite agregar la imagen trasera de la identificación para votar del demandado, por lo que al no agregar dicha imagen en la cual contenía la firma del demandado crea la incertidumbre de su origen y si nos apegamos a que únicamente se basa en una imagen aumentada, no existiendo punto de comparación entre el documento base de la acción dubitable y la firma indubitable de la identificación.
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