Informe De Ley Tiempo Suplementario
Enviado por yenyffer • 21 de Septiembre de 2013 • 404 Palabras (2 Páginas) • 384 Visitas
INFORME
Para comenzar se definirá el salario como la remuneración económica que devenga un empleado por la prestación de un servicio, sin importar el concepto o definición que reciba para el pago del salario hace parte de él y entre este se puede comprender (primas, bonificaciones, trabajo suplementario, comisiones entre otros) claro está con su respectivo porcentaje asignado de ley, pero también se tienen los pagos que no hacen parte de la contraprestación del servicio que presta el empleado como ( indemnización, viáticos) Art 130 del CST.
Para poder informarnos como y cuando ocurre el tiempo suplementario u tiempo extra debemos tener claro los siguientes conceptos:
“valor de hora diurna ordinaria: el valor del salario por hora promedio se obtiene dividiendo el salario devengado por el trabajador entre 240. Todos los recargos se calculan como un porcentaje que se suma al valor de la hora ordinaria, se entiende como diurno todo el trabajo realizado de 6am a 10pm.
Valor de hora extar diurna: el recargo por hora extra diurna es del 25% del valor de la hora diurna ordinaria. Para calcular el valor de la hora extra diurna, se multiplica el valor de la hora diurna ordinaria por 1.25.
Valor hora nocturna ordinaria: el recargo por hora nocturna ordinaria es del 35% del valor de la hora diurna ordinaria. Para calcular el valor total de la hora nocturna ordinaria se multiplica el valor de la hora diurna ordinaria por 1.35. Se entiende como nocturno todo trabajo realizado de 10pm a 6am.
Valor hora extra nocturna: el recargo por hora extra nocturna es del 75% del valor de la hora diurna ordinaria. Para calcular el valor total de la hora extra nocturna, se multiplica el valor de la hora diurna ordinaria por 1.75.
Valor hora dominical diurna ordinaria: el recargo por la hora dominical diurna ordinaria es del 75% del valor de la hora diurna ordinaria. Para calcular el valor total de la hora dominical diurna ordinaria, se multiplica el valor de la hora diurna ordinaria por 1.75.
Valor hora extra diurna festiva o dominical: por la hora extra diurna festiva o dominical aplican dos recargos: el 25% del valor de la hora diurna ordinaria, por tratarse de una hora extra, y el 75% del valor de la hora diurna por tratarse de una festiva o dominical. Para calcularse el valor total de la hora extra diurna festiva o dominical, se multiplica el valor de la hora diurna ordinaria por 2.
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