Informe Servicio Comunitario
Enviado por Andrefer80 • 11 de Octubre de 2013 • 1.105 Palabras (5 Páginas) • 696 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTE
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMON RODRIGUEZ
CARACAS - VENEZUELA
“INFORME DEL SERVICIO COMUNITARIO”
PROFESOR: JESUS LUQUE
PARTICIPANTES:
ANDREINA FERREIRA CI :13.860.698
SORAIDA CONTRERAS CI:10.804.125
REIDER REY CI:
La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de educación, A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al
Cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley. De educación superior, que a nivel de pre grado aspire al ejercicio de cualquier profesión. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.
El servicio comunitario tiene como fines:
1. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
3. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.
4. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
5. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país. El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del servicio comunitario a su régimen académico Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones necesarias para el cumplimiento del servicio comunitario, ofertando al estudiante los proyectos para su participación. Los prestadores del servicio comunitario son los estudiantes de educación superior que hayan cumplido al menos, con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera.
Los estudiantes de educación superior, deberán cursar y aprobar previa ejecución del proyecto, un curso, taller o seminario que plantee la realidad de las comunidades.
Son derechos de los prestadores del servicio comunitario:
1. Obtener información oportuna de los proyectos ofertados por las instituciones de educación superior, para el servicio comunitario.
2. Obtener información sobre los requisitos y procedimientos para inscribirse en los proyectos ofertados por la institución de educación superior.
3. Recibir la asesoría adecuada y oportuna para desempeñar el servicio comunitario.
4. Recibir un trato digno y ético durante el cumplimiento del servicio comunitario.
5. Realizar actividades comunitarias de acuerdo con el perfil académico de la carrera.
6. Recibir de la institución de educación superior la constancia de culminación del servicio comunitario.
7. Recibir de la institución de educación superior, reconocimientos ó incentivos académicos, los cuales deben ser establecidos en el reglamento interno elaborado por cada institución.
8. Inscribirse de manera gratuita, para participar en los proyectos de servicio comunitario.
9. Participar en la elaboración de los proyectos presentados como iniciativa de la institución de educación superior.
Son obligaciones de los prestadores del servicio comunitario:
1. Realizar el servicio, comunitario como requisito para la obtención del título de educación superior.
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