Informe técnico
Enviado por cloolivares • 2 de Agosto de 2014 • 574 Palabras (3 Páginas) • 218 Visitas
DEPARTAMENTO DE PREVENCION DE RIESGOS
INFORME TECNICO
I ANTECEDENTES GENERALES
EMPRESA : Constructora Barceló
FECHA : 30 DE OCTUBRE DE 2012.
DIRECCIÓN : Pasaje los Olivos Sitio N° 06 Costa Chachagua.
I REGLAMENTO DE CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BASICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO (D.S. 594º)
1.- Guardarropía y Comedores
(Artículos 27º y 28º)
La empresa deberá disponer para el cambio de ropa, un recinto fijo o móvil destinado a vestidor, cuyo espacio interior deberá estar limpio y protegido de condiciones climáticas externas.
En este recinto deberán disponerse los casilleros guardarropas, los que estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al total de trabajadores ocupados en la faena.
El comedor estará provisto con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza, deberá contar con sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores y estará dotado con agua potable para el aseo de manos y cara. Además, en el caso que los trabajadores deban llevar su comida al inicio del turno de trabajo, dicho comedor deberá contar con un medio de refrigeración, cocinilla, lavaplatos y sistema de energía eléctrica.
2.- De la Prevención y Protección contra Incendios
(Artículo 44°, 45° y 49°)
La empresa deberá implementarse las medidas necesarias para la prevención de incendios con el fin de disminuir la posibilidad de inicio de un fuego, controlando las cargas combustibles y las fuentes de calor. Se sugieren cuatro extintores de PQS de 6 Kg Cada uno, para una superficie de cubrimiento de 900 m2.
Los extintores que precisen estar situados a la intemperie deberán colocarse en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia , deberán situarse a 1.30 m desde el suelo hasta la base del extintor.
3.- De los elementos de protección personal
(Art 53° y 54°)
El empleador deberá proporcionar a sus trabajadores, libres de costo, los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir y el adiestramiento necesario para su correcto empleo, debiendo, además, mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento. Por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras se encuentre expuesto al riesgo.
Los elementos de protección personal usados en los lugares de trabajo, sean éstos de procedencia nacional o extranjera, deberán cumplir con las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos según su naturaleza,
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