Interpelacion
Enviado por juanenriquejasso • 11 de Septiembre de 2015 • Práctica o problema • 3.939 Palabras (16 Páginas) • 1.042 Visitas
MARIA EUGENIA RODRIGUEZ RAMIREZ
A
MARIA ISABEL VILLASEÑOR AYALA
INTERPELACION JUDICIAL
C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLAN, MÉXICO.
P R E S E N T E:
MARIA EUGENIA RODRIGUEZ RAMIREZ, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones las listas y el boletín judicial, autorizando para tales efectos, así como también para recibir todo tipo de documentos al C. CESAR APIPILHUAZCO ORTEGA, con cédula Profesional número 3036333 NIP. 829 expedida a su favor por la Dirección General de Profesiones, Dependiente de la Secretaria de Educación Pública, así como a MARIANO ESTEBAN SALINAS TREJO, BENJAMIN REFUGIO VEGA URBAN, GLORIA MONTOYA SANABRIA, MARLEN RODEA HERNANDEZ, DAVID DORANTES DONIZ, MONSERRAT MARTINEZ GUTIERREZ y FERNANDO DORANTES DONIZ indistintamente, ante usted con el debido respecto comparezco para exponer lo siguiente:
En términos del presente ocurso y en la vía de procedimiento judicial no contencioso, vengo formalmente a requerir a MARIA ISABEL VILLASEÑOR AYALA, el cumplimiento del convenio de seis de noviembre de dos mil diez, persona que tiene su domicilio ubicado en “LA PROVIDENCIA”, ubicado en el kilometro 2.5 de la carretera Teoloyucan-Zumpango, Barrio San Juan, municipio de Teoloyucan, Estado de México.
domicilio que señalo para que sea legalmente requerida de pago, en los siguientes términos:
A).- El pago de la cantidad de $14, 750,000.00 (catorce millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100), de la manera estipulada en la declaración segunda del convenio de seis de noviembre de dos mil diez, documento que agrego al presente procedimiento, como anexo uno, esto es:
1.- LA CANTIDAD DE $1, 500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS 00/100), PAGADEROS AL TREINTA DE NOVIMBRE DE DOS MI DIEZ
2.- LA CANTIDAD DE $1, 500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS 00/100), PAGADEROS AL 30 DE DICIEMBRE DE 2010
3.- LA CANTIDAD DE $1,000,000.00 (UN MILLON DE PESOS 00/100) PAGADEROS AL TREINTA DE ENERO DE DOS MIL ONCE.
4.- LA CANTIDAD DE $10, 750,000.00 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) PAGADEROS EN MENSUALIDADES DE $1, 343,750 (UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETESCIENTOS CINCUENTS PESOS M.N.) PAGADEROS DEL VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE, AL VEINTIOCHO DE AGOSTO DE ESTE AÑO.
B).- Haciendo saber al demandado que el lugar en el que deberá cumplir su obligación de pago es: “LA PROVIDENCIA”, ubicado en el kilometro 2.5 de la carretera Teoloyucan-Zumpango, Barrio San Juan, municipio de Teoloyucan, Estado de México.
…….
Fundo el presente procedimiento en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho.
H E C H O S
- Tal y como lo acredito con el original del convenio de seis de enero de dos mil diez, la C. MARIA ISABEL VILLASEÑOR AYALA, se obligó entre otras cosas al pago de las cantidades en las fechas indicadas en el inciso a) que antecede.
- Es el caso, que a la fecha la C. MARIA ISABEL VILLASEÑOR AYALA no ha realizado ningún pago en los términos convenidos, sin embargo, a efecto de no conculcar sus derechos, pues, en el convenio de marras se omitió estipular el lugar de pago donde debía cumplir con sus obligaciones, desde este momento y para los efectos legales a que haya lugar señalo como lugar de pago: (cuenta bancaria) (o domicilio en el que deberá realizar el pago) , lo que deberá hacerse de su conocimiento en el domicilio ubicado en: .
D E R E C H O
En cuanto al fondo del presente asunto es de aplicarse lo dispuesto por el artículo 7.323 y 7.324 del Código Civil del Estado de México.
Norman el procedimiento los artículos 1.1, 1.2, 1.4, 1.9, 1.42, 1.77, 1.93, 1.94, 1.96, 1.165, 1.175, 2.1, 2.100, 2.111, 2.115, 2.121, 2.123 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México
Por lo anteriormente expuesto y fundado
A Usted C. Juez, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.-Tenerme por presentado en términos del presente ocurso, con los anexos y copias de Ley que acompaño al mismo, promoviendo por mi propio derecho en la vía no contenciosa la interpelación judicial en los términos que reclamo.
SEGUNDO.- Previa la admisión del presente, ordenar se emplace al demandado en las condiciones estipuladas.
TERCERO.- Se tenga por señalado y autorizado el domicilio que índico para oír y recibir notificaciones y por autorizados a los profesionistas que menciono para tales efectos.
PROTESTO LO NECESARIO
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C. MARIA EUGENIA RODRIGUEZ RAMIREZ
ABOGADO PATRONO
LIC.CESAR APIPILHUAZCO ORTEGA
CED: PROF.3036333
NIP.829
RENE SANCHEZ MORENO
VS.
DOMINGO GREGORIO JUAREZ MORENO
U S U C A P I O N
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA EN TURNO
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLAN, MÉXICO.
P R E S E N T E:<
RENE SANCHEZ MORENO, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones las listas y el boletín judicial, autorizando para tales efectos, así como también para recibir todo tipo de documentos al C. Licenciado++++++, con Cedula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones, así como también a ++++++, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer lo siguiente:
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