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Introduccion al derecho. ¿Qué es la coercibilidad?


Enviado por   •  5 de Enero de 2021  •  Examen  •  3.214 Palabras (13 Páginas)  •  1.148 Visitas

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Introducción al Derecho

¿Qué es la coercibilidad? ¿Por qué es la característica que distingue al Orden Normativo Jurídico? ¿Qué diferencia hay entre coacción y coercibilidad?

¿Qué es la coercibilidad?

La coercibilidad es “la legítima posibilidad de auxiliarse en el uso de la fuerza socialmente organizada” ya sea para: obtener el cumplimiento de una norma o ya sea, para la aplicación de la sanción que deba seguir cuando la norma hubiere sido incumplida. Por lo tanto, una norma o un conjunto de normas son coercibles cuando a su respecto existe la POSIBILIDAD antes indicada (Squella, 2014). la fuerza a la que nos referimos es una fuerza física no sicológica

¿Por qué es la característica que distingue al Orden Normativo Jurídico? -

Existen 3 órdenes normativos:

  • ON Trato Social,
  • ON Moral (Personal, Social, Religioso) y
  • ON Jurídico, estos órdenes comparten características.

En el caso de las de orden de trato social se comparten características respecto de su exterioridad, heteronomía y bilateralidad, de la misma forma que las de moral social (entendiendo que la norma jurídica es preferentemente heterónoma y predominantemente exterior) y las de moral religiosa se asemejan en su heteronomía. Aun cuando comparten características, la única característica que tiene el orden normativo jurídico, que lo distingue, es el de la coercibilidad ya que los otros son incoercibles.

Criterio

EXTERIORIDAD/

INTERIORIDAD

AUTONOMÍA/

HETERONOMÍA

UNILATERILIDAD/

BILATERALIDAD

COERCIBILIDAD/

INCOERCIBILIDAD

Norma

ON TRATO SOCIAL

Exteriores

Heterónomas

Bilaterales

Incoercibles

ON MORAL PERSONAL

Interior

Autónoma

Unilateral

Incoercible

ON MORAL SOCIAL

Exteriores

Heterónomas

Bilaterales

Incoercibles

ON MORAL RELIGIOSO

Interior

Heterónoma

Unilateral

Incoercible

ON NORMA JURÍDICO

Predominantemente exterior

Preferentemente heterónomas

Bilaterales

Coercibles

¿Qué diferencia hay entre coacción y coercibilidad?

La coercibilidad alude a la posibilidad de auxiliarse de la fuerza socialmente organizada, pero la coacción supone la aplicación de la fuerza, supone la fuerza materializada, supone por tanto la aplicación.

Distinga entre principio de causalidad y principio de imputación para explicar las leyes de la naturaleza y las normas de conducta.

Los principios de causalidad y el principio de imputación son utilizados, para explicar dos fenómenos distintos.

Principio de causalidad: es el utilizados para expresar fenómenos de la naturaleza; el principio de imputación es utilizado para explicar los hechos sociales. Por una parte, el principio de causalidad causalidad supone que hay regularidades fácticas que se repiten en la naturaleza y que por tanto ocurrido cierto fenómeno necesariamente va a ocurrir como consecuencia otro fenómeno, cuando ocurre A, necesariamente se sucede B y eso se expresa con las leyes de la naturaleza. (Ley de Gravedad, Ley de ebullición)

El principio de imputación supone que: ya no hay una consecuencia necesaria, sino lo que hay es una atribución de significado y por tanto el principio de imputación supone que ocurrido un hecho A entonces se estima o se atribuye que debería ocurrir un hecho B, y de esta forma operan las normas de conducta, que ocurra cierta conducta debería seguir como consecuencia otro hecho social una sanción, por ejemplo, pero esto no necesariamente ocurre así.

Plantee los distintos órdenes normativos que conoce y formule una comparación en base a los siguientes criterios: unilateralidad/bilateralidad; autonomía/heteronomía; exterioridad/interioridad; coercibilidad/incoercibilidad.

Observaciones del profe: respuesta general, no ir al detalle. Ser capaces de plantear un concepto de cada orden normativo.

Los distintos órdenes normativos son:

ON de trato social: Supone un conjunto de normas orientado al decoro o a la buena convivencia.

ON TRATO SOCIAL

Exteriores

Heterónomas

Bilaterales

Incoercibles

Son prescripciones, originadas al interior de un grupo social determinado, que tienden a la realización de ciertos fines considerados deseables, tales como la urbanidad, el decoro, la cortesía, o la cohesión de los propios miembros del grupo, en las que la inobservancia de los deberes impuestos se traduce en un tipo difuso de sanción, consistente en el rechazo o repudio que el grupo de que se trate hace en la persona del infractor.

ON moral Supone un conjunto de normas orientado hacia el cumplimiento de una idea de lo bueno, eso si el ON de la moral no es un ON indiferenciado. Se subdivide en:

ON MORAL AUTONOMO/ PERSONAL

Interior

Autónoma

Unilateral

Incoercible

ON MORAL SOCIAL

Exteriores

Heterónomas

Bilaterales

Incoercibles

ON MORAL FILOSOFICO/ RELIGIOSO

Interior

Heterónoma

Unilateral

Incoercible

ON Jurídico: Supone un fenómeno cultural preferentemente normativo sustentado en el lenguaje, que se apoya en la coercibilidad y tiene a ciertos fines como la paz social, la justicia, la seguridad jurídica etc.

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