Jefe De Estado
Enviado por jveraz280888 • 20 de Noviembre de 2011 • 1.604 Palabras (7 Páginas) • 435 Visitas
JEFE DE ESTADO
El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos es el jefe de Estado y de gobierno de México, también es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas
Del Poder Ejecutivo
De acuerdo al artículo 80 constitucional se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo, que se denominará "Presidente de los Estados Unidos Mexicanos” y la elección presidencial será directa y en los términos que disponga la ley (Art. 81 Constitucional)
REQUISITOS PARA LLEGAR A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA (Art 82 Constitucional)
Para ser Presidente se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante veinte años.
II. Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección;
III. Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia.
IV. No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.
V. No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección.
VI. No ser Secretario o subsecretario de Estado, Procurador General de la República, gobernador de algún Estado ni Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección; y
VII. No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.
DURACION (Art. 83 Constitucional)
El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1º de diciembre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.
SUCESION
De acuerdo con el primer párrafo del artículo 84 de la Constitución de 1917, si la falta absoluta del presidente se produjera durante los primeros dos años del período respectivo, si el Congreso estuviere en sesiones, entra en funciones de Colegio Electoral y designa a un interino, pero si no, la Comisión Permanente nombra un provisional que llama al Congreso a sesiones extraordinarias para elegir al presidente interino, que a su vez, debe convocar a elecciones populares dentro de catorce o dieciocho meses.
El segundo párrafo establece que si la falta ocurriese en los últimos cuatro años, se procede como disponga el artículo anterior, pero ya no se convocan elecciones populares.
Si el presidente no se presenta a tomar posesión el 1 de diciembre el Congreso elige un interino, lo mismo sucede si el presidente pide licencia
RENUNCIA
De acuerdo con el Artículo 86 Constitucional el cargo de Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.
LA ENVESTIDURA
Según lo establece la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 87, al tomar posesión de su cargo, ante el Congreso de la Unión o en su defecto ante la Comisión Permanente, el presidente deberá de prestar la siguiente protesta:
“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande”
El Presidente es la cabeza del Poder Ejecutivo en el ámbito federal y es auxiliado por un gabinete compuesto por varios Secretarios de Estado, los cuales tienen a su cargo diversas carteras de interés público. Militarmente es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas y su protección corre a cargo de un Estado Mayor Presidencial dirigido por un miembro del ejército.
AUSENCIA (Art. 88 Constitucional)
El Presidente de la República podrá ausentarse del territorio nacional hasta por siete días, informando previamente de los motivos de la ausencia a la Cámara de Senadores o a la Comisión
Permanente en su caso, así como de los resultados de las gestiones realizadas. En ausencias mayores a siete días, se requerirá permiso de la Cámara de Senadores o de la Comisión Permanente.
FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL PRESIDENTE ( Art. 89 Constitucional)
I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.
II. Nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes;
III. Nombrar los ministros, agentes diplomáticos y cónsules
...