Jurisprudencia Romana
Enviado por Mireyona • 20 de Febrero de 2014 • 5.865 Palabras (24 Páginas) • 350 Visitas
INTRODUCCIÓN
Una de las instituciones Jurídicas más relevante, que día a día crece en importancia en el Derecho es la Jurisprudencia, porque con base en ésta se resuelven los juicios, que presentan dificultad en su solución, por esta razón elegimos la jurisprudencia como tema de análisis, para conocer sus antecedentes, sus definiciones y su desarrollo a través de distintas épocas, incluyendo la actual.
El propósito de este trabajo no es desentrañar o escribir la historia sobre la jurisprudencia, ya que se ha dicho bastante acerca de ésta, la idea es buscar y relatar los eventos relevantes que dieron origen a esa figura jurídica para comprender su desarrollo en el derecho y analizar su evolución.
Partimos del hecho de considerar a la ciencia jurídica y a la jurisprudencia como términos que van de la mano, porque constituyen un conocimiento, tanto técnico como metodológico para estudiar la estructura interna de las instituciones jurídicas que permite trabajar con ellas; sin embargo, también es posible valorarlos como conceptos distintos, ya que la ciencia jurídica es la teoría, y la entendemos como aquellos conocimientos desarrollados por los juristas mientras que la jurisprudencia la identificamos como la práctica, por la que se solucionan los casos sometidos a juicio.
Ante lo anterior pensamos que es relevante discurrir sobre el origen de la jurisprudencia, para tener una idea mejor del porqué de su importancia y aplicación en los asuntos sometidos a conocimiento de los juzgadores.
Es posible dividir la historia de la jurisprudencia romana en cuatro etapas: antigua, preclásica, clásica y posclásica. Empezamos la historia de la jurisprudencia en la época de la Roma antigua porque aún, no se conocen vestigios que muestren que antes de ese tiempo existiera lo que se conoce hoy como jurisprudencia. Fue el sistema jurídico romano el que creó a los juristas, aquellos que ejercen de forma profesional la ciencia jurídica, y que poseían los conocimientos técnicos para el trabajo jurídico además de que fueron quienes desarrollaron la iusridictio. La Jurisprudencia romana tiene como base documental las Doce Tablas (lex XII Tabularum) que es la Ley romana más antigua de la que se tiene prueba.
JURISPRUDENCIA
La Jurisprudencia es el conjunto de pronunciamientos dictados por aquellos que tienen la facultad de interpretar las normas jurídicas y su aplicación y adaptación al caso concreto. En la práctica, se compone de los fallos o sentencias emanados de los tribunales, sean ordinarios o administrativos, que contienen las reglas conforme a las cuales se ha realizado la adaptación del derecho escrito a las circunstancias de la realidad. Constituyen fuentes en cuanto aclaran la forma como puede o debe entenderse una norma jurídica, pero no es vinculante, en el sentido que la interpretación sostenida en un caso puede variar en otro.
Evolución y Etapas de la Jurisprudencia:
La historia de la jurisprudencia romana se puede dividir en cuatro etapas: antigua, preclásica, clásica y posclásica.
Época Antigua.
La Jurisprudencia pontifical.
La época antigua romana se extiende desde la fundación de Roma (754/753 a. de C.) hasta finales del siglo III. En esta época los pensamientos filosóficos y jurídicos, tenían su inspiración en lo divino, y por esa razón los antiguos juristas eran sacerdotes que tenían a su cargo la aplicación y desarrollo del derecho sacho, no todos los sacerdotes se dedicaban a cuestiones jurídicas, sino solo aquellos que tenían el conocimiento de las normas sacras. Estaban agrupados en colegios de pontífice o sacerdotales, y sus criterios se caracterizaban por ser incontrovertibles e incuestionables, debido a su origen divino.
Los pontífices eran asesores tanto del Rey como de los Cónsules y pretores. Sus conocimientos del Derecho estaban relacionados con la ciencia de la religión y la astrología. Su misión era interpretar la voluntad divina, clave, para los antiguos, de todo orden jurídico, por su conocimiento de la ley, la interpretaban y aplicaban a los procesos, contratos y transacciones.
Los pontífices, guardaban celosamente sus enseñanzas, su saber era secreto, así como su producción jurídica, sólo ellos tenían acceso a ésta, lo que les permitía perpetuar sus conocimiento y transmitirlos solo a sus dignatarios, nadie más podía consultar sus archivos (los libri pontificales), en ellos custodiaban los praejudicia o antiguos dictámenes –responsa y decreta-, base y norma de la práctica procesal. De ahí que la interpretatio que fijaba la forma de las acciones y actos jurídicos, venía a ser la jurisprudencia de aquella época, era una ciencia secreta de la comunidad sacerdotal, exclusiva de la clase patricia, la que gobernaba el pontificado y desarrollaba y practicaba los métodos de aplicación del derecho.
Los sacerdotes, entonces, tenían el monopolio de las fórmulas y los ritos procesales, eran los únicos que estaban facultados para resolver los conflictos que surgían de los contratos, porque eran casi los únicos que sabían leer y escribir.
El propio Pomponio, en su Enchiridion, hace nacer a la jurisprudencia después de las Doce Tablas y la presenta como la actividad interpretadora requerida a causa de su promulgación. Añade que a partir de ese momento y durante un siglo, esta jurisprudencia habría estado regida por el colegio de los pontífices: estos se ocupaban de la determinación (interpretativa) del derecho positivo y de la composición de las fórmulas de las acciones judiciales previstas por la ley. Cada año, el colegio pontifical delegaba en uno de sus miembros para que respondiera a las consultas de los particulares.
Cabe destacar, que los sacerdotes provenían de la clase social adinerada, los patricios, quienes por su situación económica tenían la posibilidad de consagrarse al desempeño de una función no pagada, lo que explica el porqué la jurisprudencia estaba bajo su resguardo, además de que los asuntos jurídicos de la comunidad ciudadana primitiva dependían de la religión, tan es así que los pontífices determinaban mediante un calendario pontifical los días hábiles (diez fasti) o los inhábiles (diez nefasti) para impartir justicia.
De lo anterior se desprende que la jurisprudencia se presenta como una actividad interpretativa, que solo era conocida por los pontífices quienes establecieron el derecho positivo de ese entonces, así como
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