Justicia Y Paz
Enviado por linita25 • 29 de Octubre de 2013 • 441 Palabras (2 Páginas) • 336 Visitas
LEY 975 DE 2005
“JUSTICIA Y PAZ”
PRESENTADO POR
LINA MARCELA MORALES ARDILA
ID 303230
AL
DOCTOR PEDRO JULIO GORDILLO
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
FACULTAD DE DERECHO
DERECHO PENAL ESPECIAL III
VILLAVICENCIO
2013
LEY DE JUSTICIA Y PAZ
LEY 975 DE 2005
Fue un marco jurídico promovido por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez y aprobada por el Congreso.
A QUIEN APLICA
A miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.
Se entiende por grupo armado organizado al margen de la ley, el grupo de guerrilla o de autodefensas, o una parte significativa e integral de los mismos como bloques, frentes u otras modalidades de esas mismas organizaciones,
EN QUE AÑO SE DIO
25 julio 2005
EFECTO JURIDICO
La presente ley regula lo concerniente a la investigación, procesamiento, sanción y beneficios judiciales de las personas vinculadas a grupos armados organizados al margen de la ley, como autores o partícipes de hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia a esos grupos, que hubieren decidido desmovilizarse y contribuir decisivamente a la reconciliación nacional.
La interpretación y aplicación de las disposiciones previstas en esta ley deberán realizarse de conformidad con las normas constitucionales y los tratados internacionales ratificados por Colombia. La incorporación de algunas disposiciones internacionales en la presente ley, no debe entenderse como la negación de otras normas internacionales que regulan esta misma materia.
La reinserción a la vida civil de las personas que puedan ser favorecidas con amnistía, indulto o cualquier otro beneficio establecido en la Ley 782 de 2002, se regirá por lo dispuesto en dicha ley.
POR QUE FUE DECLARADA INEXEQUIBLE
La ley de justicia y paz fue declarada inexequible por vicios de forma y procedimiento.
Opero entre los años 2005 y 2006.
La Corte Constitucional revisó la constitucionalidad de la Ley de Justicia y Paz. En un fallo de abril de 2006, por 7 votos contra 2, no encontró vicios de forma en el hecho de que el trámite de la ley en el Congreso haya sido el de una ley no estatutaria.
El 18 de mayo de 2006, en un nuevo fallo referido ya al contenido mismo de la ley, la Corte condicionó varios apartes de la ley y declaró inexequibles otros, en el fallo la corte declaró que “quienes se acojan a la ley deberán cumplir a cabalidad las
...