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JUSTICIA DE PAZ


Enviado por   •  27 de Octubre de 2013  •  577 Palabras (3 Páginas)  •  277 Visitas

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En lo que concierne a los cambios encaminados a fortalecer la institucionalidad de la justicia de paz se prevé, en primer lugar, la remuneración como contraprestación a las funciones del Juez de paz. Bajo el nuevo marco constitucional la administración de la justicia de paz ha de hacerse cada vez más exigente, y la mayor dedicación del Juez de paz debe tener una contraprestación económica. No obstante, se deja a criterio de los Municipios la fijación de dietas en lugar de sueldos, lo cual dependerá de la capacidad financiera de cada uno y del volumen del trabajo existente en cada circunscripción. Para sufragar estos gastos complementarios, que los Municipios seguramente no estarán en condiciones de cubrir en la etapa de arranque del nuevo modelo, se prevé el aporte inicial del Poder Ejecutivo Nacional y, luego, el destino de algunos recursos del Fondo de Compensación Interterritorial hacia los Municipios menos favorecidos económicamente, en especial por la estrechez de las propias fuentes financieras. La justificación de esta compensación en favor de los Municipios de menos ingresos salta a la vista, pues la justicia debe ser un servicio prestado de modo homogéneo en todo el territorio nacional, en lo que atañe a su calidad y accesibilidad o capacidad de respuesta.

En segundo término, se amplía las competencias de los jueces de paz, tanto cuantitativa como materialmente, y, a la vez, se incorporan modificaciones que atienden a la promulgación de leyes especiales recientes en ámbitos en los que antes sólo intervenía el juez de paz.

La profundización de la participación comunitaria es otro objetivo de la reforma planteada. Se intensifican los mecanismos de participación de los vecinos y la comunidad organizada en la dinámica o entorno de la justicia de paz. El Proyecto de Ley garantiza la independencia y autonomía del Juez de paz frente a cualquier factor interno o externo, pero promueve la colaboración de la comunidad en tareas auxiliares al funcionamiento del servicio a través de los Consejos Comunales.

Tal como lo hemos venido señalando, la Justicia de Paz brinda una posibilidad cierta a la comunidad de que sus intereses y conflictos sean atendidos y resueltos de forma expedita e imparcial procurando la convivencia pacífica entre los ciudadanos, lo que redundará en un mejoramiento de la calidad de vida y del buen vivir, por lo que es inminente que la gestión y la administración de tan importante institución pueda ser desarrollada directamente a través de los consejos comunales y grupos vecinales organizados en cada municipio, fundamentado en el carácter protagónico y participativo que el texto constitucional le reconoce al pueblo soberano.

Otro aspecto importante en la propuesta de reforma de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz tiene que ver con la disminución de la edad para

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