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LA ECONOMÍA SOCIAL Y SU VINCULACIÓN CON LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO DESDE UNA VISIÓN POPULAR Y PARTICIPATIVA


Enviado por   •  21 de Marzo de 2017  •  Monografía  •  2.416 Palabras (10 Páginas)  •  392 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ALDEA  UNIVERSITARIO “HILARIO PIZZANO ANSELMI”

BOCONO – ESTADO TRUJILLO

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LA ECONOMÍA SOCIAL Y SU VINCULACIÓN CON LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO DESDE UNA VISIÓN POPULAR Y PARTICIPATIVA.

(Economía Social y Desarrollo Endógeno Sustentable.)

FACILITADOR:                                                                                        SECCION: Abg. Neida Berrios.                                                   ESTUDIOS JURIDICOS A12.

  BACHILLERES:

  • DURAN VANESSA.
  • BRICEÑO ERICK.

ABRIL DE 2015.

INTRODUCCIÓN

El término economía social fue introducido en la Constitución Bolivariana de Venezuela  en el  artículo 184 y establece que se promoverá “la participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas”. Este mismo artículo reconoce la economía popular al afirmar que “El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa”.

La  Economía Popular se puede considerar como  aquella  'iniciativa de la gente para auto emplearse y que luego le provee sustento, y algunas de ellos tienen crecimiento como empresas realmente increíbles.

La economía social es una economía alternativa donde privan las prácticas democráticas directas, es autogestionaria, el trabajo es asociado y no asalariado, la propiedad de los medios de producción es colectiva, el reparto de excedente es igualitario entre sus miembros, promueve formas de apoyo solidario respecto a otras comunidades.

Las organizaciones de la economía social, se basan en la ayuda mutua y la solidaridad. Esta incluye:

  1. Formas de Economía de subsistencia distintas a la economía informal.
  2. Producción de bienes y servicios de calidad a los cuales pueda acceder de forma expedita la comunidad mediante formas variadas (compra barata, trueque, mutualismo, apoyo solidario).
  3. Valoración de las relaciones de producción mediante el estudio del modelo de consumo y el reparto de excedentes.
  4. El reparto equitativo del excedente que genera el modelo de producción; la solidaridad comunitaria con otras comunidades del entorno.
  5. La autonomía cognitiva, la libertad operativa y soberanía comunitaria para articular y adelantar un modelo de desarrollo local sostenible.
  6. Los mecanismos, procedimientos y procesos de autodefensa cultural.

LA ECONOMÍA SOCIAL Y SU VINCULACIÓN CON LA TRANSFORMACIÓN DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO DESDE UNA VISIÓN POPULAR Y PARTICIPATIVA.

Con la imperiosa necesidad de luchar contra la injusticia y la desigualdad social que se heredó producto de los modelos de desarrollo que han impuesto y consecuencialmente dominado durante años en Venezuela, surge un proceso de desarrollo social y humano, que contempla al hombre y a la mujer integralmente, al tiempo que llevará al pueblo venezolano a emanciparse de la dominación que produce el capitalismo. Este nuevo desarrollo se encuentra en el marco de la democracia participativa, constituyendo un hecho inédito en Venezuela y en el mundo.

Desde los referentes constitucionales se valora el modelo de economía que se relaciona a la construcción de una sociedad libre y con profundo arraigo local (identidad). Modelo que aspira desarrollar en cada uno de sus procesos, espacios para la liberación mediante la solidaridad, la cooperación, la ayuda mutua, el riesgo compartido y la corresponsabilidad. Una economía liberadora, una economía solidaria o social, se justifica en la medida que se vincula a un proyecto integral para la construcción de una sociedad libre. En consecuencia promueve en cada dinámica, actos de liberación, de rompimiento de la opresión. Dinámica que aparece reflejada en las Líneas Generales del Plan 2001-2007, 2007 -2013.

La CRBV (1999) promueve modelos de economía social, de economía solidaria, para y en libertad, fundamentadas en las formas de resistencia popular y social, es decir desde el concreto histórico - cultural - social.

La economía tiene un desarrollo emblemático en la dinámica espacial. La riqueza, el bienestar, el desarrollo y el progreso determinado por la acumulación de riquezas, bienes y servicios, suelen servir de sustento para acciones que colocan en primer orden la totalidad, despreciando lo pequeño, lo local, la realidad geocultural, haciendo aparecer el lugar como no representativo de lo total.

La economía social o solidaria procura rescatar los valores y prácticas locales, comunitarias o del lugar, con sus procesos y valores solidarios, cooperativos y humanistas, como tentativas que desde la educación, significan algo más que revertir los desvalores del modelo económico global: implican promover la liberación del hombre de la esclavitud de los mercados.

La economía social o solidaria constituye una temática que desde el poder constituyente se inserta en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999). Su génesis y desarrollo es anterior a la Revolución Bolivariana, pero se imbrica en ella a partir de las manifestaciones de 1989 y 1992. A partir de 1999, la economía social constituye núcleo fundamental de los discursos sobre prácticas emergentes de producción.

Su concreción pasa por el reconocimiento y construcción de nuevas formas jurídicas e institucionales que permitan darle viabilidad. Es decir, la economía solidaria se cimienta en prácticas emergentes, contestatarias, de sobrevivencia, que procuran ser reunidas, sistematizadas y procesadas, para que a partir de ellas se construya una teoría revolucionaria actual para el campo económico.

La economía social o solidaria constituye una temática que desde el poder constituyente se inserta en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999).  

El término empleado para denominar estas expresiones y manifestaciones socio-económicas, fue el “economía popular” (Art. 118 de la Constitución Nacional de Venezuela), y no el de economía informal, denotando con ello, probablemente por parte de la clase dirigente en el poder, una postura conceptual, política e ideológica, que privilegia la legitimidad, organización y potencial político de dichas prácticas, y no su inserción o no en la esfera regulatoria o legal.

Capítulo VII

De los Derechos Económicos

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