LA GRAN METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
Enviado por marisol0204 • 23 de Enero de 2016 • Trabajo • 1.014 Palabras (5 Páginas) • 244 Visitas
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
MARISOL MAGAÑA RAYA.
4° CUATRIMESTRE.
NÚMERO 1 EL TEMA.
-Lista de 5 temas-
1.- Los Derechos Humanos en México.
2.- La Adopción.
3.- Fuero y Desafuero.
4.- El Divorcio.
5.- Juicio Intestamentario.
TEMA ELEGIDO:
LA ADOPCIÓN.
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
MARISOL MAGAÑA RAYA.
4° CUATRIMESTRE.
NÚMERO 2 OBJETIVO DEL TEMA.
¿Qué me gustaría saber, conocer, analizar del tema?
1.- ¿Qué es la adopción?
2.- ¿Cuáles son las causas por las que la persona decide adoptar?
3.- ¿Cuáles son las causas por las que la madre decide dar en adopción a su bebé?
4.- ¿Cuáles son los requisitos para adoptar?
5.- ¿Qué hay después de la adopción al pasar los años?
6.- Estadísticas de la adopción en México.
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
MARISOL MAGAÑA RAYA.
4° CUATRIMESTRE.
NÚMERO 3 HIPÓTESIS.
- Respuesta al planteamiento en el objetivo, justificación de la investigación.
La adopción es el acto jurídico en virtud del cual un adulto toma como propio a un hijo ajeno, con el fin de establecer con él una relación paterno-filial con idénticos o análogos vínculos jurídicos de los que resultan de la procreación, esto es otorgarle derechos y cuidados como si fuera un hijo propio.
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
MARISOL MAGAÑA RAYA.
4° CUATRIMESTRE.
NÚMERO 4 EL MÉTODO.
- Fuetes de información:
- Código Civil para el estado de Guanajuato.
- Diccionario de Derecho.
- Fuente de la Unicef.
METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
MARISOL MAGAÑA RAYA.
4° CUATRIMESTRE.
NÚMERO 5 MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL.
Definición de Adopción:
Del latín adoptio, adopción es la acción de adoptar. Este verbo hace referencia a recibir como hijo al que no lo es biológicamente, con el cumplimiento de diversos requisitos y obligaciones que establece la ley.
La adopción, en este sentido, es un acto jurídico que establece un vínculo de parentesco entre dos personas con una relación análoga a la paternidad. La legislación fija diversas condiciones para quienes desean adoptar un hijo, como ser una edad mínima y/o máxima y la necesidad de contar con plena capacidad para el ejercicio de los derechos civiles.
Por ejemplo: “La adopción de Miguel nos ha cambiado la vida”, “Me encantaría tener un hijo, pero los trámites de adopción son muy complejos”, “Mis padres biológicos me dieron en adopción cuando tenía dos años”, “La adopción es un acto de amor y compromiso”.
En algunos casos, es posible distinguir entre la adopción simple (no implica la sustitución automática de apellidos y el hijo adoptivo no tiene el mismo derecho que el hijo natural en el orden de sucesión testamentaria) y la adopción plena (brinda los mismos derechos que la filiación natural).
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