ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PROCESO DE CONOCIMIENTO NULIDAD DE ACTO JUR.


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2011  •  353 Palabras (2 Páginas)  •  1.346 Visitas

Página 1 de 2

DERECHO PROCESAL

Couture: Rama de la ciencia jurídica que estudia la naturaleza, desenvolvimiento y eficacia del conjunto de relaciones jurídicas denominadas proceso.

Concepto Tradicional: Valoración secundaria. Conjunto adjetivo de reglas de procedimiento que regulan la tramitación de juicios. Disciplina auxiliar del Derecho Material, básicamente función ordenadora.

Concepto Moderno: Método investido de autoridad para acceder a la Justicia. Un método de razonamiento predeterminado por la Ley, que las partes y el Juez deben seguir para obtener una sentencia justa.

Alcalá – Zamora y Castillo: Satisface una doble necesidad: Represiva restaura orden jurídico alterado por litigio; Preventiva evita que se perturbe orden público por autodefensa.

ORIGEN Y EVOLUCIÓN

Se crea como acompañante del derecho material. Disciplina auxiliar.

Al comienzo era una simple práctica, luego se utiliza la palabra procedimiento o enjuiciamiento, otros dicen Prozess a Procedur, iudicio.

Llega a tener lugar preeminente en el ordenamiento nacional, debido a su eficacia como medio de realización de intereses subjetivos de ciudadanos amparados por el derecho material.

Forma de solución de conflictos:

AUTOTUTELA: consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno. Se caracteriza por que se impone un interés en perjuicio de otro.

Es la llamada “Ley de la Fuerza”. Es la solución de conflictos por sus propias manos. No siempre es una solución pacífica y por tanto no contribuye a la paz social.

Es el arreglo directo de las partes en conflicto.

AUTOCOMPOSICIÓN: ES la renuncia del derecho propio en beneficio del interés ajeno. Se manifiesta en el acuerdo bilateral, aunque no siempre satisfactorio entre las partes.

Responde a la mayor fuerza de alguna de las partes en conflicto.

Puede ser unilateral ( desistimiento o allanamiento) o bilateral (transacción, conciliación).

HETEROCOMPOSICIÓN: La solución del conflicto viene dada por un tercero ajeno al problema, esto es, que el requisito no solo será la presencia de un tercero, sino que icho tercero resuelve de forma vinculativa el litigio. El tercero, quien debe ser imparcial, decide quién tiene la razón.

Este tipo solución de conflictos puede a su vez ser:

No Procesalizada: Cuando las partes llegan a un acuerdo fuera del proceso, Ej El arbitraje.

Procesalizada: Cuando las partes llegan a un acuerdo dentro del proceso judicial Ej, El proceso judicial

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com