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LAS GRANDES CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LAS SOCIEDADES


Enviado por   •  19 de Junio de 2017  •  Síntesis  •  7.568 Palabras (31 Páginas)  •  335 Visitas

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CARACTERISTICAS PRINCIPALES DE LAS SOCIEDADES

TIPO DE SOCIEDADES SOC DE RESP. LIMITADA SOCIEDAD ANONIMA

LEY Desde art. 146 al 162 Desde art. 163 al 314

ACTO CONSTITUTIVO *Las SRL y SA. deben publicar por un día, en el diario de publicaciones legales que correspondan y el aviso debe contener:

A) EN OPORTUNIDAD DE SU CONSTITUCION: 1.- Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, numero de DNI de cada uno de los socios.- 2.- Fecha de instrumento de constitución.- 3.- La razón social o denominación de la sociedad.- 4.- Domicilio de la sociedad.- 5.- Objeto Social.- 6.- Plazo de duración.- 7.- Capital Social.- 8.- Composición de los Órganos de Administración y Fiscalización, nombres de sus miembros y en su caso, duración de sus cargos.- 9.- Organización de la representación legal.- 10.- Fecha de cierre del ejercicio.-

B) EN OPORTUNIDAD DE SU MODIFICACION EN EL CONTRATO O DISOLUCION

1.-Fecha de resolución de la sociedad que aprobó la modificación del contrato o su disolución.- La sociedad solo se considera regularmente constituido con s inscripción en el Registro Publico de Comercio

CONTENIDO DEL CONTRATO 1.- Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, domicilio, número de DNI de cada uno de los socios.- 2.- La razón social o la denominación social y el domicilio de la sociedad.- Si en el contrato constare solamente el domicilio.- La dirección de su sede, deberá inscribirse mediante petición por separado, suscripta por el órgano de Administración.- Se tendrán por validas y vinculantes para la sociedad, todas las notificaciones efectuadas en la sede inscripta.- 3.- La designación de su objeto, que debe ser preciso y determinado.- 4.- El Capital social, que deberá ser expresado en moneda argentina y la mención del aporte de cada socio.- 5.- El plazo de duración que deberá ser determinado.- 6.- La organización de la Administración de su Fiscalización y de las reuniones de los socios. 7.- Las reglas para distribuir las utilidades y soportar las perdidas.- En caso de silencio, serán en proporción a los aportes.- Si se prevé solo la forma de distribución de utilidades, se aplicara para soportar las perdidas y viceversa.- 8.- Las clausulas necesarias para que puedan establecerse con precisión los Derechos y las Obligaciones de los socios, entre si y respecto de terceros.- 9.- Las clausulas atinente al funcionamiento, disolución y liquidación de la sociedad.-

CARACTERIZACION * Capital dividido en cuotas * Socios con responsabilidad limitada a la integración de las cuotas que suscriban o adquieran.- * Garantía de integración y valuación.- * Numero de socios.- Máximo: 50 socios * Capital representado por acciones.- * Socios con responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas.

DENOMINACION * Debe contener la indicación “Sociedad de Responsabilidad Limitada” su abreviatura o la sigla SRL. * Debe contener la indicación “Sociedad Anónima” su abreviatura o la sigla S.A.

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION GERENCIA * Uno o mas gerentes socios o no * Designados en el contrato o posteriormente * Por tiempo determinado o indeterminado * Remoción / renunciar * Organización / Funcionamiento ADMINISTRACION / DIRECTORIO * Deben cumplir ciertos requisitos - hay incompatibilidades * Elección: Asambleas / Consejo de Vigilancia *Por clases / Voto Acumulativo *Remoción / Renuncia *Organización / Funcionamiento Responsabilidad Representante : PRESIDENTE

DURACION DE LA ADMINISTRACION * La sociedad pueden establecer cualquier plazo de duración para el cargo de Administración, incluida la posibilidad de nombramiento por tiempo indefinido. A falta de previsión estatutaria, se entiende que son nombrados por tiempo indefinido. * El estatuto precisara el término por el que es elegido, el que no se puede exceder de tres ejercicios, salvo lo dispuesto por el art. 281 inc. D.- *No obstante el director permanecerá en su cargo hasta ser reemplazado.-

ASAMBLEAS En la sociedad cuyo capital alcance el importe fijado por el art. 299 inc. 2, los socios reunidos en asamblea, resolverán sobre los Estados contable de ejercicio, para cuya consideración serán convocados dentro de los cuatros meses, de su cierre .- Esta Asamblea se sujetara a las normas previstas para la sociedad anónima, reemplazándose el medio de convocarla, por la citación notificada personalmente o por otro medio fehaciente.

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