LEY 43 DE 13 DE DICIEMBRE DE 1990 CAPITULO 3
Enviado por kvanesa123 • 19 de Marzo de 2012 • 658 Palabras (3 Páginas) • 1.239 Visitas
DIAPOSITIVA 1
DE LA VIGILANCIA Y DIRECCION DE LA PROFESION
ART. 14 De los órganos de la profesión
1. La Junta Central de Contadores.
2. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
DIAPOSITIVA 2
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
ART. 15 De la naturaleza: creada en el año de 1956 dependiente del MEN.
ART. 16 De la composición: será el tribunal disciplinario
1. El Ministerio de Educación Nacional o su delegado.
2. El Presidente de la Comisión Nacional de Valores o su delegado.
3. El Superintendente de Sociedades o su delegado.
4. El Superintendente Bancario o su delegado.
5. Un Representante de la Asociación Colombiana de Universidades o la Entidad que la sustituya, con su suplente.
6. Un Representante de la Asociación Colombiana de Facultades de Contaduría Pública, ASFACOP o la entidad que la sustituya con su suplente.
7. Dos representantes de Contadores Públicos con sus suplentes.
DIAPOSITIVA 3
ART. 17 De las elecciones: para la elección de representantes.
ART. 18 Del periodo: dos años.
ART. 19 De las inhabilidades: causales de impedimento y recusación señaladas para los funcionarios de la rama jurisdiccional del poder público.
ART. 20 De las funciones:
1. Ejercer la inspección y vigilancia.
2. Efectuar la inscripción de Contadores Públicos.
3. Expedir a costa del interesado la tarjeta profesional.
4. Denunciar a quienes de identifiquen y firme como Contadores Públicos sin estar inscritos.
5. Vigilar el cumplimiento de las normas de Ética Profesional.
6. Establecer juntas seccionales y delegar en ella funciones.
7. Dar su propio reglamento de funcionamiento interno.
DIAPOSITIVA 4
ART. 22 De las decisiones: sujetas a los recursos establecidos en el código contencioso administrativo se adoptaran con el voto favorable de las ¾ partes de sus miembros, las demás decisiones se aprobaran por mayoría absoluta de sus miembros.
ART. 23 De las sanciones:
1. Amonestación en caso de fallas leves.
2. Multas sucesivas hasta de cinco salarios mínimos cada una.
3. Suspensión de la inscripción.
4. Cancelación de la inscripción.
DIAPOSITIVA 5
ART. 24 De las multas: se aplicaran cuando la falta no conlleve la comisión de delito, violación grave de la ética profesional.
ART. 25 De la suspensión: las causales de suspensión de inscripción hasta el término de un año
1. Enajenación mental, la embriagues habitual u otro vicio.
2. Desconocer flagrantemente los principios de Contabilidad generalmente aceptados en Colombia como fuentes de registros e informaciones contables.
3. Incurrir en violación de la reserva comercial de libros, papales e informaciones que hubiere conocido
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