LEY ESTATAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
Enviado por joseisaac27 • 3 de Febrero de 2014 • 896 Palabras (4 Páginas) • 458 Visitas
LEY ESTATAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público, de interés social, obligatorias en el Estado de Baja California Sur. El objeto de la misma es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona, minoría, grupo o colectivo, en los términos de los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8° de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur, así como garantizar la igualdad de oportunidades y de trato.
Artículo 2.- Corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas, minorías, grupos o colectividades sean reales y efectivas, así como eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan su pleno desarrollo así como su efectiva participación en la vida política, económica, cultural y social del Estado, además de promover la participación tanto de los Ayuntamientos como de los particulares en la eliminación de dichos obstáculos.
Artículo 3.- Todo servidor público y entidad de los poderes públicos, sean estatales o municipales, adoptarán las medidas que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente, de conformidad con la disponibilidad de recursos que se hayan asignado para tal fin en el Plan Estatal de Desarrollo y en los Municipales para que toda persona, minoría o grupo ejerza y goce, sin discriminación alguna, de todos los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que México sea parte, en la Constitución Política del Estado, y en las demás leyes.
Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I.- LEY.- La presente Ley Estatal para prevenir y Eliminar la Discriminación en Baja California Sur;
II.- DISCRIMINACIÓN.- Es la distinción, exclusión, rechazo o restricción que, por acción u omisión, con intención o sin ella, y sin motivo o causa que sea racionalmente justificable, produzca el efecto de privar de un bien, de anular, menoscabar o impedir, tanto los derechos o libertades, como la igualdad real de oportunidades y de trato, de las personas, de minorías, grupos o colectividades, sea por motivo de su origen étnico, nacionalidad, raza, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, identidad o filiación política, preferencias sexuales, identidad de género, estado civil o cualquiera otro.
También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones.
III.- MINORÍA.- Conjunto de individuos de una sociedad determinada por distinguirse de alguna manera a la que forman la categoría social predominante.
IV.- GRUPO.- Organización de personas unidas en especial interrelación, caracterizado con rasgos o particularidades comunes a sus componentes.
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