ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Estrategia Vivienda Saludable


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2015  •  Tarea  •  1.827 Palabras (8 Páginas)  •  285 Visitas

Página 1 de 8

  1. OBJETIVO.

La Estrategia Vivienda Saludable  pretende orientar a los diferentes actores en el desarrollo de actividades tendientes a mejorar el entorno familiar y escolar y por ende la calidad de vida de las familias y comunidades educativas en general. Igualmente, las directrices que se dan en este documento buscan fortalecer la ejecución de las Estrategias de Escuela Saludable y Vivienda Saludable y lograr que se desarrollen articuladamente en el ámbito municipal.

La Estrategia Vivienda Saludable de Entornos Saludables en elementos conceptuales sobre el desarrollo humano, el enfoque de derechos, la promoción de la salud y los determinantes sociales de la misma. Realizar recopilación, verificación, análisis, interpretación, divulgación y evaluación de forma sistemática, constante y oportuna de la información sobre eventos de interés en salud pública, para la orientación de las acciones de prevención, seguimiento y control de los eventos que afecten o puedan afectar la salud pública en el municipio de Duitama.

  1. ALCANCE.

Prevenir la propagación de enfermedades, controlarlas, con una evaluación  periódica, oportuna  y dar una respuesta procedente, pertinente de acuerdo a los riesgos para la salud pública.

  1. RESPONSABLE O DUEÑO DEL PROCESO.

Auxiliar en Salud

        

  1. CAMBIOS EFECTUADOS.

No. VERSIÓN

DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

FECHA

0

0

0

  1. REFERENTE TEÓRICO Y DEFINICIONES. 
  1.  AJUSTES: Los eventos que son solicitados por las Juntas de Acción Comunal y/o personas naturales, entes territoriales a la Secretaria de Salud Municipal como probables o sospechosos, deben ser investigados para definir su clasificación y ser ajustados al sistema dentro de las cuatro semanas siguientes a la solicitud.
  1. AUTORIDADES SANITARIAS: Entidades jurídicas de carácter público con atribuciones para ejercer funciones de rectoría, regulación, inspección, vigilancia y control de los sectores público y privado en salud y adoptar medidas de prevención y seguimiento que garanticen la protección de la Salud Pública.
  2. BROTE: constituye un aumento inusual de los casos en un período y lugar específico, se define como la presencia de más de dos casos que comparten las mismas variables de tiempo y lugar.
  3. EVENTOS: Sucesos o circunstancias que pueden modificar o incidir en la situación de salud de un individuo o una comunidad y que para efectos del presente decreto, se clasifican en condiciones fisiológicas, enfermedades, discapacidades y muertes; factores protectores y factores de riesgo relacionados con condiciones del medio ambiente, consumo y comportamiento; acciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades y demás factores determinantes asociados.
  4. EVENTOS DE INTERÉS EN SALUD PÚBLICA: Aquellos eventos considerados como importantes o trascendentes para la salud colectiva por parte del Ministerio de la Protección Social, teniendo en cuenta criterios de frecuencia, gravedad, comportamiento epidemiológico, posibilidades de prevención, costo efectividad de las intervenciones de interés público; que además, requieren ser enfrentados con medidas de salud pública.
  5. ENTIDADES SANITARIAS: Entidades del Estado que prestan servicios sanitarios o de sanidad con el propósito de preservar la salud humana y la salud pública.
  6. FACTORES DE RIESGO / FACTORES PROTECTORES: Aquellos atributos, variables o circunstancias inherentes o no a los individuos que están relacionados con los fenómenos de salud y que determinan en la población expuesta a ellos, una mayor o menor probabilidad de ocurrencia de un evento en salud.
  7. INVESTIGACIÓN EPIDEMIOLÓGICA DE CAMPO: aplicación de  los principios  y métodos de investigación epidemiológica para el estudio  de problemas de salud  inesperados para los cuales se demanda  una respuesta inmediata y atención oportuna. Es una actividad fundamental en el sistema de vigilancia epidemiológica  y es utilizada en muertes  evitables, eventos transmisibles y brotes  que requieren la movilización de equipos especiales para identificar la causa,  fuente y forma de transmisión  y establecer de manera oportuna  medidas de control.
  1. IAAS: Son aquellas infecciones que el paciente adquiere mientras recibe tratamiento para alguna condición médica o quirúrgica y en quien la infección no se había manifestado ni estaba en período de incubación en el momento del ingreso a la institución. Las IAAS ocurren en cualquier ámbito de atención, incluyendo hospitales, centros de atención ambulatoria, sitios de cuidado crónico incluyendo centros de rehabilitación. 
  2. EDIDAS SANITARIAS: Conjunto de medidas de salud pública y demás precauciones sanitarias aplicadas por la autoridad sanitaria, para prevenir, mitigar, controlar o eliminar la propagación de un evento que afecte o pueda afectar la salud de la población. 
  3. NOTIFICACIÓN OBLIGATORIA: Todos los integrantes del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, SIVIGILA, que generen información de interés en salud pública, deben realizar la notificación de aquellos eventos de reporte obligatorio definidos en los modelos y protocolos de vigilancia, dentro de los términos de estructura de datos, responsabilidad, clasificación, periodicidad y destino señalados en los mismos y observando los estándares de calidad, veracidad y oportunidad de la información notificada
  4. PROTOCOLO DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA: Es la guía técnica y operativa que estandariza los criterios, procedimientos y actividades que permiten sistematizar las actividades de vigilancia de los eventos de interés en salud pública.
  5. RED DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA: Conjunto de personas, organizaciones e instituciones integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como otras organizaciones de interés distintas del sector, cuyas actividades influyen directa o indirectamente en la salud de la población, que de manera sistemática y lógica se articulan y coordinan para hacer posible el intercambio real y material de información útil para el conocimiento, análisis y abordaje de los problemas de salud, así como el intercambio de experiencias, metodologías y recursos, relacionados con las acciones de vigilancia en salud pública.
  1.  SISTEMA DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA - SIVIGILA: Conjunto de usuarios, normas, procedimientos, recursos técnicos, financieros y de talento humano, organizados entre sí para la recopilación, análisis, interpretación, actualización, divulgación y evaluación sistemática y oportuna de la información, sobre eventos en salud, para la orientación de las acciones de prevención y control de la salud.
  1. SEMANA EPIDEMIOLÓGICA: “Para realizar las acciones de vigilancia epidemiológica, se requiere agrupar los padecimientos o eventos epidemiológicos alrededor de un período de tiempo determinado. Este período es generalmente de una semana y se le conoce como semana epidemiológica (domingo a sábado); a su vez, a la división de los 365 días del año en semanas epidemiológicas, se le conoce como calendario epidemiológico, el cual es un instrumento de estandarización de  la variable tiempo para los fines de la vigilancia epidemiológica.
  1. VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA: Función esencial asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud, consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, análisis, interpretación y divulgación de datos específicos relacionados con la salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública.
  2. UNIDAD NOTIFICADORA: Es la entidad pública responsable de la investigación, confirmación y configuración de los eventos de interés en salud pública, con base en la información suministrada por las Unidades Primarias Generadoras de Datos y cualquier otra información obtenida a través de procedimientos epidemiológicos.
  3. UNIDAD PRIMARIA GENERADORA DE DATOS (UPGD) o UNIDAD INFORMADORA (UI): Es la entidad pública o privada que capta la ocurrencia de eventos de interés en salud pública y genera información útil y necesaria para los fines del SIVIGILA.
  1. REFERENCIAS NORMATIVAS.

DESCRIPCION

NORMA APLICABLE

Constitución Política de Colombia

Constitución Política  de Colombia 1991

Código Sanitario  Nacional

Ley 9 de 1979

Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social en Salud en Colombia

Ley 100  de 1993

Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud. 

Ley 715 del 2001

Reglamento Sanitario Internacional

OMS 2005

Reglamentación del sistema de Vigilancia Epidemiológica.

Decreto 3518 de 2006

Por la cual de modifica en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Ley 1122 del 2007

 Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Ley 1438 de 2011

Lineamientos de vigilancia de las Infecciones Asociadas a la Atención en Salud

Circular 045 de 2012 Ministerio de Salud y Protección Social

Por medio de la cual se adopta el Plan decenal de Salud Pública 2012-2021        

Resolución 1841 de 2013 Ministerio de Salud y Protección Social

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (12 Kb) pdf (139 Kb) docx (42 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com