La Forma Juridica de las Organizaciones
Enviado por Juuuuuuuuuly • 28 de Noviembre de 2012 • Informe • 386 Palabras (2 Páginas) • 781 Visitas
UNIDAD 1 “LA FORMA JURIDICA DE LAS ORGANIZACIONES”
PERSONAS
Personas: El código civil define a las personas como sujeto de derecho, se considera persona a todo ente que presenta aptitud para adquirir derechos y en algunos casos contraer obligaciones. Podemos distinguir 3 clases de personas:
- Personas por nacer: Son aquellas que se encuentran concebidas en el seno materno pero que aun no han nacido, adquieren derechos por intermedio de sus representantes legales, la ley considera que son sus padres, y estos últimos en tal carácter pueden adquirir donaciones o herencias.
- Personas físicas o de existencia visible: toda aquella persona que pueda adquirir derechos y contraer obligaciones, su existencia comienza desde el momento que presenta signos vitales aunque sea durante unos instantes, y la misma finaliza en primer lugar con la muerte de la persona, y en segundo lugar, la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento.
La única forma de constatar la muerte, es con la muestra del cadáver ; luego de esto se registra en el libro de defunciones que esta en el registro civil correspondiente al lugar donde falleció.
Puede pasar que una persona desaparezca por un determinado tiempo de sus lugares habituales o que no aparezca en un lugar donde se ha producido un accidente o enfrentamiento militar y podemos pensar que pudo haber fallecido.
Frente a estas situaciones los familiares de dicha persona pueden presentarse a la justicia con los fines de que una autoridad judicial lo declare ausente, si se cumplen todos los requisitos legales dicha autoridad puede declarar ausente a la persona en cuestión, esta declaración tendrá el mismo efecto legal que la muerte.
Cada física tiene su propia personalidad, cada uno de nosotros tenemos nuestro nombre que nos identifica en la familia y en la sociedad (nombre y apellido, nuestro domicilio, adquirir derechos, asumir obligaciones).
- Personas jurídicas o de existencia ideal: Se constituyen de la voluntad y unión de las personas físicas, una vez constituidas las mismas, adquieren una personalidad diferente a cada una de las personas físicas que la componen, la persona jurídica va a tener nombre, domicilio, patrimonio y capacidad
Se las denomina así, ya que pueden originarse o nacer cumpliendo los requisitos que establecen las normas jurídicas. Por otro lado se las denomina de existencia ideal porque a diferencia de las personas físicas no se pueden verlos en la realidad.
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