La Globalizacion
Enviado por Sioly_12 • 2 de Junio de 2015 • 329 Palabras (2 Páginas) • 161 Visitas
Dare. Es transferir la propiedad de la cosa, o constituir un derecho real
Praestare: es procurar el disfrute de una cosa, sin constituir derecho real
Facere: es llevar acabo cualquier otro acto , o aun abstenerse
Divisiones de las obligaciones: Las Instituciones de Justiniano dividen las obligaciones según la autoridad que las has sancionado y según sus fuentes:
1-Las obligaciones sancionadas se califican de una manera general como obligaciones civiles cuando se contraponen a las obligaciones naturales, que están desprovistas de sanción. Pero cuando se quiere precisar por qué autoridad han sido provistas de acción, se las divide en obligaciones civiles y obligaciones honorarias. Se entiende entonces por obligaciones civiles las que han sido sancionadas por el derecho Civil, en estricto sentido, es decir, por una de las fuentes del Derecho, distinta de los edictos de los magistrados, Las obligaciones honorarias son aquellas que han recibido su sanción de los edictos de los magistrados, jus honorarium. Se les llama también pretorianas, por que ha sido sancionadas casi todas por el pretor.
2-Las obligaciones se dividen en cuatro clases, según las fuentes de donde proceden, nacen, en efecto de un contrato, de un delito, como de un contrato, como de un delito.
FUENTES Y DESENVOLVIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, de las cuatro fuentes de obligaciones admitidas en la época clásica de Derecho Romano, las principales y mas antiguas son los delitos y los contratos.
Siendo la obligación una restricción a la libertad de deudor, se comprende que no puede hallarse uno en este estado de dependencia más que en razón de causas bien determinadas. Ahora bien; hay dos de ellas que reclaman naturalmente la sanción del legislador, Primeramente el daño injustamente causado: toda mala acción, todo acto contrario al derecho y que lleva a perjuicio a los demás, debe obligar a su autor a una reparación, después, la voluntad libremente manifestada: cuando una persona ha tomado un compromiso con relación a otra que lo acepta, está obligada y debe cumplir lo que ha prometido.
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