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La Ley Orgánica para la Ordenación de Territorio (LOPOT) de 1983


Enviado por   •  5 de Junio de 2015  •  Informe  •  554 Palabras (3 Páginas)  •  236 Visitas

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ENSAYO

Hoy en día el país cuenta con un extenso y complejo conjunto de áreas protegidas, las cuales abarcan aproximadamente el 46 % del territorio nacional, y están representadas en 249 áreas especialmente creadas para proteger los recursos naturales y el ambiente. Estas áreas se llaman áreas bajo régimen de administración especial (ABRAE) y están consagradas en la Ley Orgánica para la Ordenación de Territorio (LOPOT) de 1983.

En Venezuela encontramos en el Artículo 111, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que: " Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asumirá el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantizará los recursos para su promoción...", Así como de la inquietud de un amplio sector de la comunidad y de quiénes están vinculados diariamente a las actividades recreativas.

Entendiendo que es papel ineludible por parte del Estado garantizar la educación permanente orientada a preparar al hombre para el uso positivo del tiempo libre a través de la recreación, teniendo como objeto principal la autorrealización, el desarrollo de las relaciones interpersonales, la valoración de la familia, la integración social, la conservación de la biodiversidad, el entretenimiento y la cooperación internacional, así como fortalecimiento de las identidades culturales y el ejercicio democrático de la libertad dentro de las comunidades.

El régimen especial de un área está constituido por un conjunto de normas y reglas que tiene por objeto la defensa, conservación y mejoramiento de determinados espacios, cuyas características y condiciones ecológicas difieran de la estructura y composición geográfica, paisajista, topográfica y socio-cultural del resto del territorio nacional, lo cual hace indispensable la formulación de proyectos, en torno a la forma de aprovechar y de preservar estos espacios.

Si la recreación es, en efecto, un derecho fundamental del hombre, la práctica y el desarrollo deben ser alentados a crearle un marco legal que lo estimule y facilite social y económicamente, con la planificación de proyectos comunitarios como el planteado en la comunidad de villa Central que intenta establecer las bases y lineamientos para la promoción, protección y el desarrollo de la recreación como desarrollo social, definiendo a la recreación como el conjunto de actividades individuales o colectivas y utilización positiva del tiempo libre, dándole una gran significación al hecho de que la misma contribuye al desarrollo integral del ser humano, mejorando su calidad de vida y la de su comunidad, sin discriminación alguna.

Por otro lado podemos saber que en el estado bolívar también se llevan a cabo estos proyectos comunitarios sabiendo como lo informo el

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