La Normatividad Que Regula La Educación básica
Enviado por Alison00 • 25 de Junio de 2014 • 2.247 Palabras (9 Páginas) • 430 Visitas
TEMA 3: LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LAS ACTIVIDADES DE LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN BÁSICA
La base de estas normatividades la podemos encontrar en la ley general de educación, mencionaremos los artículos más relevantes que rigen dichas normatividades.
Artículo 1o .- esta ley regula la educación que imparten el estado -federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. es de observancia general en toda la república y las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.
Artículo 2o .- todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional.
Artículo 3o .- el estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria.
Artículo 5o .- la educación que el estado imparta será laica y, por lo tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
Artículo 7o .- la educación que impartan el estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la constitución política de los estados unidos mexicanos, los siguientes:
i.- contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus capacidades humanas;
ii.- favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y reflexión críticos;
iii.- fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país;
ix.- estimular la educación física y la práctica del deporte;
Constituyen el sistema educativo nacional:
i.- los educandos y educadores;
ii.- las autoridades educativas;
iii.- los planes, programas, métodos y materiales educativos.
Todas las actividades que se realizan en la escuela están regidas por esta ley general, se refiere tanto a los conocimientos que se deben trasmitir a los alumnos como los valores cívicos, sociales y personales que los alumnos deben adquirir en las instituciones de educación básica.
en relación con los planes y programas están basados también en esta ley general, enfocada contribuir al desarrollo integral de los alumnos, el pensamiento crítico y reflexivo así como actividades que fomenten la creatividad y el cuidado de la salud.
las actividades que realizan los profesores también están reguladas por esta ley en cuanto a actitudes y conocimientos que deben de transmitir, y así nos menciona que tanto alumnos, como las autoridades, profesores, planes y programas forman una unidad para poder desempeñar su labor de manera adecuada deben de trabajar en conjunto.
RESPONSABILIDADES DE DIRECTORES, MAESTROS, Y LOS ALUMNOS EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN BÁSICA. ESPECIFICACIONES EN LOS TRES NIVELES EDUCATIVOS.
Acuerdo número 98, por el que se establece la organización y funcionamiento de las escuelas de educación secundaria.
Sección II
Personal directivo
Artículo 17.-el personal directivo de las escuelas de educación secundaria estará constituido por un director y un subdirector por cada turno, salvo aquellos casos en que, por disposición de las autoridades superiores, el servicio sea atendido únicamente por un director, o éste deba ser asistido por más de un subdirector en cada turno.
Artículo 18.-el director es la máxima autoridad de la escuela y asumirá la responsabilidad directa e inmediata del funcionamiento general de la institución
Artículo 19.-corresponde al director:
• cumplir y hacer cumplir las disposiciones normativas vigentes relativas al funcionamiento del plantel, de conformidad con las finalidades de la educación secundaria;
• cumplir con las disposiciones y actividades propias del servicio que le señalen las autoridades superiores y asignar al personal las comisiones específicas que correspondan a la naturaleza de su cargo y sean necesarias para el buen funcionamiento del plantel;
• ser conducto inmediato entre las autoridades superiores y el personal a sus órdenes para todos los trámites relativos al cumplimiento de la escuela que dirige;
• atender las necesidades del servicio educativo y los problemas de la comunidad escolar;
• verificar la puntualidad, asistencia, aprovechamiento y comportamiento de los alumnos;
• promover la participación del personal escolar en los programas de actualización y capacitación técnico-pedagógica y administrativa que realice la secretaría de educación pública;
• denunciar ante las autoridades competentes los hechos delictivos que se registren en el interior de la escuela e informar a las autoridades educativas.
sección III
Personal docente
Artículo 22.-el personal docente de las escuelas de educación secundaria es el responsable de conducir en los grupos de alumnos a su cargo, el proceso de enseñanza, aprendizaje del área o asignatura que imparta, de acuerdo con el plan y los programas de estudio, los contenidos y métodos aprobados.
Artículo 23.-corresponde al personal docente:
• planear sus labores educativas de modo que su actividad docente cumpla con los fines formativos e instructivos previstos en el plan y programas de estudio vigentes;
• determinar los procedimientos necesarios para el mejor desarrollo de la tarea educativa, la articulación indispensable entre la teoría y la práctica, y la correlación armónica con las demás áreas o asignaturas que integran el plan de estudios;
• emplear una metodología que comprenda técnicas y procedimientos que promuevan la participación de los educandos en el proceso de enseñanza-aprendizaje, como agentes de su propia formación;
• adecuar las tareas educativas a las aptitudes, necesidades e intereses de los alumnos, al tiempo previsto para el desarrollo del contenido programático, a la consecución de los objetivos y a las circunstancias del medio en que se realice al proceso enseñanza-aprendizaje;
• fomentar en los alumnos el espíritu cívico;
• motivar cada aspecto de su labor educativa con fundamento en los intereses y capacidades del educando, las necesidades individuales y colectivas, y otros factores que permitan el desarrollo interesante
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