La Sociología Jurídica
Enviado por andreitarojas95 • 23 de Febrero de 2015 • 2.529 Palabras (11 Páginas) • 234 Visitas
Sociología Jurídica
1. La Sociología Jurídica de la familia
La Sociología Jurídica está relacionada con varias ciencias como por ejemplo con el Derecho de Familia. La sociología ha dado un importante aporte para la regulación de esta institución en el Derecho, que se presenta como el principal regulador de las realidades sociales de la familia.
El Derecho de Familia, es una rama del Derecho Civil que estudia las relaciones jurídicas de la familia, su constitución, disolución, sus funciones. La vinculación de esta rama del Derecho con la Sociología Jurídica ha de encontrarse en los aspectos ligados al matrimonio, el divorcio, la responsabilidad jurídica y social de los padres para con sus hijos, y las relaciones y principios que gobiernan la familia, y sus funciones sociales, por eso se habla de una Sociología de la Familia, que tendría por objeto de estudio el entorno familiar y las repercusiones sociales que trae consigo el nivel de educación que se practique en dicha institución social.
El Derecho ocupa un lugar importante, por ser el reflejo de numerosas relaciones sociales, de formaciones socioeconómicas indisolublemente ligadas a la superestructura; de manera que se nutre de la sociedad en cuestión, a la vez que sirve de instrumento de transformación social. Del Sistema de Derecho, el Derecho de Familia ostenta una carga altamente social, ética y moral, impuesta por la clase de relaciones que regula de tipo personales y le imprime características peculiares, que lo hacen diferente del resto de las ramas del Derecho. Tiene la importante misión de normar jurídicamente la mayoría de las relaciones que tienen lugar en la institución humana más antigua que se conoce la familia; que por demás es un producto de la sociedad y responde a la estructura económica social que le sirve de marco.
2. La Sociología Jurídica del matrimonio
El matrimonio es un fenómeno jurídico sin ninguna otra precisión. Sin embargo tras la palabra "matrimonio" se comprenden dos realidades muy diferentes. Una que está en el código civil y otra que está en la vida social.
El matrimonio es una institución social (sancionada públicamente) que une a un hombre y a una mujer bajo diversas formas de mutua dependencia y, por lo general, con el fin de crear y mantener una familia. Dada la necesidad que tienen los niños de pasar por un largo periodo de desarrollo antes de alcanzar la madurez, su cuidado durante los años de relativa indefensión parece haber sido la razón principal para la evolución de la estructura de la familia. El matrimonio como contrato entre un hombre y una mujer existe desde la antigüedad. Su práctica social mediante acto público refleja el carácter, el propósito y las costumbres de la sociedad en la cual se realiza.
Aunque las características del matrimonio varían mucho de una cultura a otra, la importancia de esta institución está universalmente reconocida. En algunas sociedades, el interés de la comunidad por los hijos, por las relaciones interfamiliares y por la posesión de los bienes es tan significativa, que se han instituido prácticas y costumbres especiales para proteger estos valores. El matrimonio o noviazgo entre niños, que se da en algunos lugares como Melanesia, es el resultado de la importancia de la familia, el mantenimiento del linaje y las alianzas de propiedad. El levirato, costumbre por la cual un hombre puede casarse con la mujer de su hermano fallecido, fue practicado principalmente por los antiguos hebreos con el fin de preservar la relación existente entre las familias. El sororato, costumbre que todavía se practica en algunas partes del mundo, permite a un hombre casarse con una o más hermanas de su mujer, normalmente cuando ésta fallece o no puede tener hijos. La monogamia supone la unión entre una mujer y un hombre. El resto de las formas de matrimonio en general se clasifican como poligamia, cuando un hombre tiene varias mujeres, y la poliandria, cuando una mujer tiene varios maridos.
En la mayor parte de las sociedades, el matrimonio se lleva a cabo mediante un acto contractual, generalmente con algún tipo de intervención religiosa. En las sociedades occidentales el contrato matrimonial se considera a menudo como un sacramento religioso pero sólo es indisoluble para la Iglesia católica Apostólica y Romana y para la Iglesia Ortodoxa.
A la mayor parte de los matrimonios les precede un periodo de compromiso acompañado de diversos rituales, como el intercambio de regalos y las visitas, que conducen al anuncio público de la petición de mano de la novia y a la ceremonia final del matrimonio. En las sociedades donde todavía predominan los matrimonios de conveniencia, antes de celebrar la boda las familias pueden negociar la dote, hacer arreglos para la futura convivencia y otras cuestiones.
La mayor parte de las sociedades permiten el divorcio, excepto aquellas que creen en la indisolubilidad del vínculo matrimonial como, por ejemplo, los hindúes o los católicos. Las razones más aceptadas para conceder el divorcio son la esterilidad o infertilidad, la infidelidad, la criminalidad y la demencia. En algunas sociedades no industrializadas, el divorcio no es habitual, ya que implica por lo general la devolución de la dote y de otros regalos en metálico y en especie entregados en la boda.
3. La Sociología Jurídica de delito
EL delito es para el Derecho Penal la acción típicamente antijurídica y culpable.
Hace ya más de dos mil años, Aristóteles dijo que un ser humano capaz de vivir fuera de la sociedad era una bestia salvaje o un Dios. Según los juristas clásicos y los de la escuela positivista, el delito tiene como primer elemento un sujeto activo que es el hombre. El delincuente es aquel ser humano que no le importa dañar a la sociedad sino satisfacer sus necesidades y el delito consiste en una transgresión a la ley; es decir que es todo acto u omisión que esta fuera del contexto de las leyes que rigen a la sociedad. Para poder conocer el delito, en su composición necesitamos conocer las siguientes posturas:
A) Concepción unitaria o totalizadora del delito: En esta teoría se considera al delito como un concepto monolítico, único, indivisible, que nunca admitirá que se le divida en fracciones o elementos, pudiéndose presentar o estudiar desde varios aspectos sin seccionarlo. Al respecto, Villarreal Moro explica que el delito es un concepto unitario, compuesto por partes o elementos, sin que se rompa la unidad; el todo homogéneo está formado por partes. Esta afirmación es totalmente una contradicción porque solamente los que pertenecen a la postura analítica les es permitido hablar de los elementos del delito.
B) Concepción
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