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La acusación en la etapa intermedia y la etapa de juicio oral


Enviado por   •  26 de Junio de 2017  •  Tesina  •  9.860 Palabras (40 Páginas)  •  589 Visitas

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        Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Derecho

División de Estudios de Posgrado

Título:

“La Acusación en la Etapa Intermedia

y la Etapa de Juicio Oral.”

Tesina:

   Que para obtener el grado de Especialista en Derecho Penal

Presenta:

Lic. Luis Bolívar Realpe Aviña.

Sinodales:

Dr. Anibal Guillermo Cuen Rodríguez.

Dra. María Teresa Ambrosio Morales.

Dra. Genny Mireya Baeza López.

Ciudad Universitaria, México, Distrito Federal, Junio 2015

LA ACUSACIÓN Y LA ETAPA INTERMEDIA

SUMARIO: I. Introducción. II. La Etapa Intermedia               III. Requisitos, Estructura y Contenido de la Acusación. IV. Efectos de la Acusación. V. Fase Intermedia VI. Audiencia de Formulación de la Acusación. VII. Intervención de la Víctima u Ofendido. VIII. Objeto y Procedimiento de la Etapa Intermedia IX. Acuerdos Probatorios.        X. Medios de Prueba. XI. Ofrecimiento y Admisión de Medios de Prueba. XII. Límites de los Medios de Prueba. XIII. Prueba Ilícita.           XIV. Excepciones de la Prueba Ilícita

 

  1. INTRODUCCIÓN

Este trabajo explica brevemente la etapa intermedia, contrario al sistema anglosajón en el que las reglas de la prueba van surgiendo conforme a los precedentes o casos que se van resolviendo, en el sistema acusatorio la reglamentación de la prueba debe atender a los principios de inmediación, concentración, contradicción, igualdad, publicidad, libertad y oralidad.

La prueba en el sistema acusatorio, desde mi punto de vista, tiene la finalidad de revelar al juzgador la verdad de los hechos ocurridos, esto es, a través de las pruebas que se debatan, se admitan, y se valoren, el juzgador debe llegar a una convicción más allá de la duda razonable, sobre la verdad en cuanto a cómo sucedieron los hechos, para entonces estar en posibilidad de juzgar a la persona acusada.

Las partes podrán ofrecer cualquier medio prueba, mientras no atenten contra la dignidad humana o los derechos fundamentales, así también dichos medios de prueba se debatirán admitirán y valorarán en audiencia pública, lo anterior significa que debe haber total transparencia en el desahogo de las mismas, debe haber contradicción, esto es, las partes no solo podrán, sino deberán oponerse, cuestionar y debatir las pruebas que se ofrezcan. Asimismo el juzgador tiene la obligación de estar presente en cada audiencia y ante su presencia se realizará el desahogo, el debate y la contradicción de las pruebas y velará porque las actuaciones o diligencias se realicen de manera continua y que éstas se celebren en un mismo día, lo anterior a efecto de tener celeridad y eficiencia dentro del proceso.

En la etapa intermedia, el Ministerio Publico va a aportar todos los medio de prueba que estime pertinentes para comprobar su acusación, dicha etapa comprende dos fases;  la primera llamada fase escrita, en la cual, una vez que es presentada la acusación, se va a dar el ofrecimiento de pruebas; solicitud de penas y, en su caso, la aplicación del Procedimiento Abreviado., y la segunda; la fase oral, en la que únicamente se lleva a cabo el ofrecimiento, exclusión y admisión de pruebas y concluye con el auto de apertura a juicio oral.

  1. LA ETAPA INTERMEDIA.

Es la fase fundamental para la persecución de la acción penal y la defensa del imputado, ésta se lleva a cabo una vez que el Ministerio Publico ha realizado la investigación complementaria y ha recopilado datos de prueba, es aquí donde se formula la acusación con base en los medios de prueba que el Ministerio Público haya recabado en fase de investigación.

El Dr. Elías Polanco Braga al referirse a la etapa intermedia expresa lo siguiente:

“Sirve para revisar y valorar los resultados de la instrucción examinando la fundamentación de la acusación, con el fin de decidir si procede o no abrir el juicio oral.”[1]

Asimismo Carlos Mateo Oronoz Santana al referirse a la etapa intermedia en lo conducente expresa:

En ella se depuran los medios de prueba aportados por las partes y es en la que se precisan los hechos que serán materia del juicio, sin dejar de observar que es la última oportunidad que tiene de resolver el conflicto de intereses por medio de las llamadas salidas alternas…”[2]

La etapa intermedia inicia con la acusación que presenta el Ministerio Público ante el Juez de Control, la Fiscalía debe demostrar que existe una investigación sólida en contra del imputado, para ello, debe expresar los elementos y los medios de prueba que sustenten dicha investigación, así como los argumentos y las consideraciones jurídicas que demuestren la participación del imputado en el hecho delictivo, debe también expresar los medios de prueba con los que pretende acreditar la acusación y expondrá ante el Juez de Control las razones del porque dichos medios de prueba deben ser admitidos y posteriormente desahogados ante un Tribunal de Juicio Oral.

El artículo 334 del Código Nacional de Procedimientos Penales, respecto a la audiencia intermedia establece lo siguiente:

 “La etapa intermedia tiene por objeto el ofrecimiento y admisión de los medios de prueba, así como la depuración de los hechos controvertidos que serán materia del juicio.”

  1. REQUISITOS, ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA ACUSACIÓN:

En el escrito de acusación, el Ministerio Público habrá de manifestar la pretensión punitiva con el ejercicio de la acción penal, con datos de prueba más allá de toda duda razonable debe acreditar el hecho delictivo y la probable participación del imputado.

En esta fase también se fija la teoría del caso, las partes plantean la estrategia que postularán, los hechos que se encuentren en el escrito de acusación deberán reproducirse en el acuerdo de apertura a juicio oral,  asimismo los hechos se sanean formalmente, las partes también podrán llegar a acuerdos probatorios.

El escrito de acusación que realiza el Ministerio Público es muy importante, en éste se definen las características y naturaleza de la etapa intermedia, aquí tenemos la manifestación del Ministerio Público del ejercicio de la acción penal, la Representación Social anunciará los medios de prueba y los roles de las partes, en el escrito de acusación se revela el cargo para poder establecer una defensa material, en esta etapa el juez ya no vigila que el dato de prueba haya sido obtenido ilegal o con violaciones a derechos fundamentales, ahora el Juez de Control debe ejercer un control positivo y negativo de la acusación.

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