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La diferencia en los sistemas de derecho civil y los sistemas de derecho común


Enviado por   •  10 de Enero de 2014  •  Trabajo  •  619 Palabras (3 Páginas)  •  416 Visitas

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En la actualidad la diferencia esencial entre ambos sistemas jurídicos radica en sus fuentes del Derecho. En los sistemas de Derecho civil, los códigos y leyes regulan todas las posibles eventualidades y los Jueces tienen un rol limitado en la aplicación del derecho al caso concreto. De esta forma, en teoría, la jurisprudencia se configura como una mera guía judicial en tanto no se reconoce en las leyes.

Por el contrario, en los sistemas del common-law la jurisprudencia —o precedente judicial, en su traducción literal— se considera como la más importante fuente del derecho, lo que dota a los Jueces de un rol muy activo en el desarrollo normativo. Por ejemplo, los elementos jurídicos necesarios para probar un asesinato están precisamente determinados por la jurisprudencia emanada de los Tribunales y no contenidos en las Leyes penales. Al igual que ocurre en los sistemas de Derecho civil, al objeto de asegurar la congruencia del sistema jurídico, también en el common-law los Tribunales de instancia siguen la jurisprudencia que sientan los Tribunales superiores.

Tradicionalmente, los juristas continentales han sostenido que los sistemas de Derecho civil son más estables y justos que los del common-law, por cuanto las leyes son explícitas en lo que está permitido y prohibido y, en todo caso, son más fáciles de interpretar. Por el contrario, los juristas del common-law siempre se han mostrado orgullosos de la flexibilidad de los sistemas common-law, en tanto que los Jueces pueden adaptarse a las circunstancias del caso considerado sin necesidad de que el parlamento apruebe una legislación al respecto.

Ahora bien, aunque es cierto que los Tribunales gozan de un importante papel en la creación del Derecho en general, y en la determinación de la legislación en particular, no lo es menos que a partir del siglo XX se ha producido un progresivo y significativo incremento de la legislación escrita en los países regidos por el sistema del common-law. En efecto, también en los países de tradición common-law cuestiones tan importantes para el ciudadano como el Derecho tributario o el proceso civil y penal están recogidos en códigos y leyes de efectos erga omnes emanados de los parlamentos nacionales.

En el caso del Reino Unido, además, la proliferación de legislación inglesa en todos los ámbitos jurídicos es ingente desde su adhesión a la Comunidad Económica Europea puesto que, como no podía ser de otra manera, hoy los poderes legislativo, ejecutivo y judicial del Reino Unido sólo pueden ejercerse dentro del marco del Derecho comunitario.

Por otro lado, en los sistemas jurídicos de Derecho civil el Juez ha dejado de ser la boca muda del Derecho que sólo pronuncia las palabras de la ley, como proclamara Montesquieu. Hoy nadie puede negar fundadamente que los Tribunales de los países de tradición civil —especialmente los Tribunales

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