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La gran Administración recursos humanos


Enviado por   •  25 de Mayo de 2017  •  Resumen  •  423 Palabras (2 Páginas)  •  2.006 Visitas

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ESTUDIO DE CASO 3: TERMINACIÓN DE UN CONTRATO

Martha Marín es asesora de ventas de la empresa ORVIS INTERNACIONAL, con un contrato labor a término fijo, ha incumplido sus obligaciones reiterativamente y le ha sido llamada a atención verbal y de manera escrita en tres ocasiones, la empresa ha tomado la decisión de retirar del cargo a Martha.

En mi rol de administrador del recurso humano lo primero que tengo que hacer es Identificar y describir las posibles causas de terminación del contrato según el código sustantivo del trabajo. El cual dice que puede ser causal de despido por justa causa el deficiente rendimiento en el trabajo, en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores análogas, cuando no se corrija en un plazo razonable, a pesar del requerimiento del empleador. Que es el caso de la señora Martha Marín ya que ha incumplido reiterativamente sus obligaciones y se le han hecho los  correspondientes llamados de atención quedando constancia de ello.

Una vez teniendo en cuenta lo anterior se procederá a dar finalizada la relación contractual entre la empresa ORVIS INTERNACIONAL y la señora MARTHA MARIN teniendo en cuenta que el despido es por justa causa y como se a dejado constancia de los llamados de atención y se supone que en ellos se ha estipulado plazos razonables para corregir el incumplimiento y la empleada no acato los correctivos se procederá a notificarle y a realizar la correspondiente liquidación de las prestaciones sociales del contrato en los tiempos y condiciones establecidos por la legislación laboral de Colombia

En caso de que solo se le hayan hecho llamados de atención pero no se le fijaron plazos razonables para la corrección de sus incumplimiento de las obligaciones es decir que quiere dar por terminado el contrato sin justa causa la empresa no podría despedirla hasta el momento que cumpla el tiempo pactado en el contrato fijo, notificándoselo con un mes de antelación al vencimiento del contrato de lo contrario el contrato se renovaría automáticamente por un periodo igual, y dado el caso que se quiera dar por terminado el contrato antes tendría que pagar como indemnización el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días; al igual que la respectiva liquidación del contrato en los tiempos y condiciones establecidos por la legislación laboral de Colombia

Cordialmente,

KAROL ALEXA MEZA

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