La justicia constitucional.
Enviado por Mariana Quispe Verástegui • 16 de Noviembre de 2015 • Resumen • 469 Palabras (2 Páginas) • 180 Visitas
Justicia constitucional
(strativas; en contraste la “sèparation des pouvoirs” (Francia) hacia que el poder judicial cumpla un papel subordinado. Durante el siglo XIX Francia atraviesa continuos problemas como estos aunque también realiza muchos esfuerzos para conseguir soluciones. Lógicamente reducir la función judicial a algo mecanizado y automatizado es olvidar que no hay norma alguna que sea perfecta, clara y completa que pueda dar una interpretación que sea correcta. Las ideas de Rousseau y Montesquieu en su intento de proteger al pueblo de la tiranía , no se fijaron en que la tiranía podría venir de otros focos , como de los poderes legislativos y/o ejecutivo .La ley revolucionaria sobre organisation judiciaire ,establecía que el poder judicial no podría ejercer control sobre acciones legislativas y administrativas; esta ley era muy estricta y hasta exagerada en algún punto al tener pena de castigo si es que un juez interfería en otra rama .Es cierto que se podían dar controles internos y así se hizo ; pero la historia demuestra que los controles para que sean efectivos necesariamente deberían ser externos, debe ser confiado a órganos independientes y finalmente los franceses se dieron cuenta de eso y llegaron a este punto en el ámbito administrativo. El Conseil d Etat evolucionó hasta obtener el grado de órgano judicial independiente, reconocido como alto tribunal de Francia, en lo que le concierne su función es controlar la legitimidad de la actuación administrativa .Conforme este órgano adquiría mayor independencia, se hacía más pronunciada y reconocida su naturaleza judicial con diversas medidas, entre ellas la imparcialidad de árbitro, el derecho de las partes a ser oídas y las reglas básicas del “Derecho natural”. Como vimos Francia fue el país precursor y modelo de la justicia administrativa o también conocida como la revisión judicial de la actuación administrativa.
Retornando a la idea de Rousseau , su idea era claramente una ilusión , ya que no solo el poder judicial podía cometer abusos ,sino que los otros dos también .No solo el poder ejecutivo puede ser opresor, también el legislativo y puede llegar a ser tan o hasta más tirano, lo podemos comprobar con lo sucedido con la legislación fascista que privó a los judíos y a otras minorías de sus derechos fundamentales; teniendo en cuenta este grave antecedente, Austria, Italia y Alemania se volvieron a la justicia constitucional e intentaron de limitar y controlar al poder legislativo .
Debido a que el régimen de Vichy tuvo excesos, pero fueron menores y cortos en contraste con los ocurridos en otros países; por ello Francia si bien estuvo a la cabeza del desarrollo de la justicia administrativa, luego no continuó liderando en cuanto a desarrollo de la justicia constitucional se refiere.
A pesar de todo ello, Francia últimamente se ha visto implicada en la revolución de la revisión
...