La obligación de pago de los aportes
Enviado por dianasexy • 26 de Junio de 2013 • Informe • 231 Palabras (1 Páginas) • 446 Visitas
A partir de la fecha en que comience a operar la retención en la fuente a título del CREE, que tentativamente se establece para el 01 de mayo, los sujetos pasivos estarán exonerados del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje–SENA y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF, correspondiente a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. (La norma establece la exoneración de aportes al sistema de seguridad social en salud solo a partir del 01 de enero de 2014)
A partir de la misma fecha, las personas naturales empleadores quienes no son sujetos pasivos del CREE, si estarán exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al SENA, ICBF y al sistema de Seguridad Social en Salud por los empleados que devenguen individualmente considerados, hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Lo anterior no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos trabajadores, los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes.
Es paradójico que la norma establezca como requisito para que las personas naturales comiencen a beneficiarse de la exoneración de aportes, a que se expida la reglamentación por la cual se establece la retención en la fuente a título de CREE cuando la misma norma no incluye a las personas naturales como sujetos pasivos de este impuesto, y por tanto no estarán sujetos a la retención
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