La regulación de las condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
Enviado por Cecilia alanis amado • 21 de Mayo de 2017 • Informe • 382 Palabras (2 Páginas) • 148 Visitas
Actividades[pic 1]
Competencias educativas
Señala cuáles de estas competencias educativas están reservadas al Estado y cuáles a las Comunidades Autónomas, teniendo en cuenta el artículo 6 (bis) de la LOMCE:
1. La regulación de las condiciones para la obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
Mediante la Alta Inspección el Estado es el encargado de comprobar el cumplimiento de las condiciones para la obtención, expedición y homologación de los títulos académicos o profesionales.
2. La reglamentación de la inspección educativa y supervisión de centros escolares.
La Ata inspección se encarga de la supervisión de centros escolares, aunque todas las comunidades autónomas disponen de un área funcional de Alta inspección de educación, depende de la delegación del gobierno el cual corresponde al gobierno.
3. La evaluación general del sistema educativo.
Es competencia del Estado, porque es el que se encarga del diseño del currículo básico en relación con los objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje.
4. El establecimiento de la normativa básica y la determinación de los requisitos mínimos que deben reunir los centros e instalaciones escolares.
Estas están reservadas a las Comunidades Autónomas.
5. La convocatoria, tramitación y resolución de los expedientes para la concesión de subvenciones.
El Estado, mediante la Alta Inspección que se encarga de verificar la adecuación de la concesión de subvenciones y becas.
6. La ordenación general del sistema educativo.
La ordenación general del sistema educativo es competencia del estado según la Ley Orgánica 1/1990 de la Ordenación general.
7. La distribución y adscripción del profesorado, convocatoria de oposiciones y concursos de traslados.
Es competencia de la conferencia sectorial de Educación.
8. La fijación de las enseñanzas mínimas.
Administración educativa mediante la delegación del Gobierno a excepción de Ceuta y Melilla.
9. Las funciones relativas a transporte escolar, comedores escolares, escuelas-hogar y centros de vacaciones escolares.
Las competencias y funciones relativas a transporte escolar, comedores escolares, escuelas-hogar y centros de vacaciones escolares están reservada para las Comunidades Autónomas.
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