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Las Consecuencia De Causar IETU


Enviado por   •  25 de Marzo de 2012  •  843 Palabras (4 Páginas)  •  269 Visitas

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Las consecuencias de causar IETU en vez de ISR

La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es la contribución más polémica de los últimos años, debido a diversos cuestionamientos e inquietudes por parte de los contribuyentes, expertos y autoridades fiscales, mismos que van desde calificar su constitucionalidad, hasta el hecho de que ciertos tipos de gastos sean no deducibles.

La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es la contribución más polémica de los últimos años, debido a diversos cuestionamientos e inquietudes por parte de los contribuyentes, expertos y autoridades fiscales, mismos que van desde calificar su constitucionalidad, hasta el hecho de que ciertos tipos de gastos sean no deducibles, tales como los intereses pagados, las regalías pagadas a partes relacionadas tanto nacionales como extranjeras, los sueldos y salarios, por mencionar algunos.

Su objetivo fue fungir como un impuesto mínimo y de control respecto al ISR, a fin de coadyuvar a incrementar la recaudación para el gobierno federal, en especial por considerar la autoridad al régimen del ISR como “poroso”, sustituyendo al Impuesto al Activo (IMPAC).

Se comenta que el IETU ha cumplido con las metas propuestas por las autoridades fiscales; sin embargo, ha repercutido en los bolsillos de los contribuyentes mediante el gravamen de una base calculada en función al flujo de efectivo, que desde el punto de vista administrativo, implica una carga elevada de trabajo debido a que se determina conforme a otro procedimiento distinto al devengo como es para ISR y para fines financieros, y sobre la cual se aplica una tasa de impuesto de 17.5%.

La ley permite acreditar el Impuesto sobre la Renta (ISR) causado del ejercicio contra el IETU a cargo, con lo cual los contribuyentes deberán pagar el mayor de los dos tributos, o sea, que paguen por lo menos un impuesto mínimo como se mencionó anteriormente, que es el espíritu de la ley del IETU.

No obstante lo anterior, una de las desventajas por el pago que se realice por concepto de IETU, cuando éste es mayor que el ISR, es que dicho pago se considera definitivo, es decir, no se tiene derecho a su recuperación aun cuando el ISR en algún ejercicio posterior sea mayor al IETU, situación que sí se permitía anteriormente en la Ley del IMPAC.

Esta desventaja se acentúa cuando se trata del tema que para los altos directivos de cualquier compañía es de vital importancia, el reparto de los dividendos a sus accionistas. Vale la pena recordar que de acuerdo al régimen actual de la ley de ISR, los ingresos por dividendos están exentos del pago de ISR y no detonan ninguna consecuencia para la emisora que los paga, siempre y cuando provengan de la llamada Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (Cufin).

Respecto a la ley del IETU, no obstante que pretendidamente se paga como un impuesto mínimo a la renta,

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