Las Vias De Ejecucion En Materia Laboral
Enviado por francisc18 • 17 de Marzo de 2013 • 862 Palabras (4 Páginas) • 2.067 Visitas
Suscríbase Acceso Contáctenos
Ensayos de Calidad, Tareas, Monografias
Ensayos Gratis
Filosofía / Trabajo Final
Trabajo Final
Documentos de Investigación: Trabajo Final
Ensayos de Calidad, Tareas, Monografias - busque más de 596.000+ documentos.
Enviado por: naruto27 26 enero 2013
Tags:
Palabras: 2133 | Páginas: 9
Views: 11
Leer Ensayo Completo Suscríbase
LAS VIAS DE EJECUCION EN MATERIA LABORAL
Concepto.-
El término vías de ejecución es una palabra compuesta por dos voces, vías y ejecución, la primera, es decir, vías es sinónimo de: Caminos, procedimientos. Y la segunda, Ejecución, sinónimo de: Efectuación, realización, cumplimiento.
Eduardo J. Couture afirma que el término ejecución presenta varias acepciones, entre las que resalta el de utilizarse para referirse a la acción y efecto de ejecutar. Ejecutar es, a su vez sinónimo de realizar, cumplir, satisfacer, hacer efectivo y dar realidad a un hecho.
Lo cierto es que el significado del término ejecución en su efecto dependerá de la parte a las que el jurista pretenda relacionarle, es decir, para el deudor el término ejecución es sinónimo de cumplimiento de obligación; mientras que para el acreedor es sinónimo de coacción y constreñimiento para que se cumpla con dicha obligación.
Ahora bien, si les analizamos en el sentido más amplio del concepto, que es el que nos interesa, en la legislación laboral, el término vías de ejecución, puede definirse como el conjunto de procedimientos legales de que dispone un acreedor para vencer la resistencia o inercia de su deudor y de obtener el pago de lo que se le es adeudado, o más generalmente de obtener el cumplimiento de las obligaciones contraídas con dicho deudor. En otras palabras, como un conjunto de mecanismos que se encuentran estrechamente vinculados a la extinción de obligaciones; no mostrando este concepto interés jurídico para los fines de nuestro estudio, cuando el deudor por iniciativa propia se adviene a ejecutar su obligación, o lo que sería lo mismo decir, a cumplir de manera voluntaria y espontánea lo dispuesto en la sentencia condenatoria o lo prometido en una convención válidamente concertada u otorgada en provecho del acreedor (ejecución voluntaria) (arts.1134-1315 Código civil, Principio VI del código de trabajo). Resultando lo contrario y mostrando interés su estudi
Leer Ensayo Completo Suscríbase
o, cuando dicho acreedor se ve impulsado, ante la negativa expresa o tácita del deudor de advenirse voluntariamente al cumplimiento de la obligación, a recurrir a las vías de ejecución forzosa, con el firme propósito de obtener por dichas vías el pago de su acreencia, mediante el uso de los mecanismos instituidos por las leyes, ya que las normas sociales adjetivas y sustantivas les prohíben
...