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Las funciones del derecho


Enviado por   •  3 de Febrero de 2020  •  Ensayo  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  221 Visitas

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Universidad Iberoamericana Torreón

Teoría del Derecho I

Juan Jose Rojas Torres[pic 1]

Las funciones del derecho

8 de oct. de 19

 Andrea Barraza Ruiz

La importancia del análisis funcional del derecho, existe un acuerdo en considerar a este como un medio para ordenar la conducta humana. Pero a la hora de ordenar es donde tendremos que interpretar de diferentes formas. El análisis funcional del Derecho es, sobre todo, característico de los enfoques sociológicos. Tiene funciones positivas y también negativas.

Significado de análisis funcional del derecho se puede explicar empezando por afirmar que lo que nos interesa son las funciones que el derecho cumple, no las que debería.

El derecho como sistema de control social. Uno de los significados sería que la funcional social del Derecho es objeto de análisis de naturaleza eminente teórica y conectados con algún tipo de filosofía social. El otro significado sería que es un tema de investigación de carácter empírico .

El derecho como sistema de control social, es en los que varios personajes consideraron que era. Parte de que el termino “control” tiene doble significado, uno es el dirigir y el otro supervisar. Pero cuando hablamos de un sistema de control social, el Derecho cumple una función de dirección y guía a las conductas, pues se encarga no solo de integrara si no de regular.  

Después de analizar la función social analizaremos el funcionalismo y funciones sociales del derecho. Menciona que el Derecho es un instrumento de cohesión  social  que reposa sobre la congruente generalización de expectativas normativas de comportamiento. Existiendo una lista amplia de funciones sociales del Derecho. Consistiendo de resolución de problemas, orientación, legitimación, configuración, cuidado y mejora.

Los efectos sociales de las normas gira en torno a los conceptos de  función social y disfunción. Los efectos latentes de las normas jurídicas son de mucha importancia para nosotros ,también de las funciones aparentes y manifestantes. Están íntimamente conectado con ciertos rasgos característicos de la argumentación jurídica y política.

Conflictualismo y funciones sociales del derecho hacen que surja estos a continuación. La función de dominación y la función de ideológica. Sin embargo Gumplowicz considera que el conflicto viene del sometimiento de un grupo por otro y no se puede eliminar.

El Derecho no es inmune a los cambios que tienen lugar en el campo de las relaciones sociales. Sin embargo, el Derecho es lo condicionado, no el condicionante. No promueve el cambio sino que lo acusa, lo refleja. El Derecho termina siendo un obstáculo para el cambio social en el sentido de que va atrasado con respecto a la evolución social, pero unos discrepan de ello.

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