Las normas de la licitacion
marta olaveTrabajo18 de Abril de 2020
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INTENCIÓN DE COMPRA A TRAVÉS DE CONVENIO MARCO ID 2239-9-LP14
“SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN”.
GRAN COMPRA SERVICIO DE EJECUCIÓN DEL CURSO DE “INDUCCIÓN PARA DIRECTORES NOVELES” 2020
ID Nº xxxxxx
- La Subsecretaría de Educación, en adelante la Subsecretaría, a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, en adelante el CPEIP, requiere contratar el servicio de ejecución del programa de inducción para directores nóveles seleccionados por alta dirección pública, que se desempeñen en establecimientos regidos por el Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 1998 del Ministerio de Educación.
- Podrán participar aquellas universidades acreditadas, e instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 12 quáter del Decreto con Fuerza de Ley Nª 1 de 1996 del Ministerio de Educación, Estatuto Docente, las que deben figurar como proveedores vigentes en el catálogo electrónico del Convenio Marco “Servicios de Capacitación y Formación” ID 2239-9-LP14. Además, para su ejecución, se deberá tener en consideración el Decreto 246, de 2008, del Ministerio de Educación, que reglamenta la “Ejecución del Programa de Liderazgo Educativo”.
- PLAZOS:
Publicación | XXXX de XXXX de 2020. |
Consultas | Al 4 día hábil desde la fecha de publicación. |
Respuestas | Al 4 día hábil desde el cierre de las Consultas. |
Recepción de ofertas en el Portal | 10 días hábiles desde la Publicación. |
Evaluación Técnica | Dentro de 15 días hábiles desde el cierre de las ofertas en el portal |
Evaluación Económica | Dentro de 5 días hábiles de efectuada la evaluación técnica de las ofertas. |
Acto Administrativo que aprueba la Adquisición y Selección | Dentro de los 90 días hábiles de efectuada la evaluación económica de las ofertas. |
Solicitud de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Gran Compra Nº xxx y de antecedentes para elaboración de Acuerdo Complementario. | Dentro de 5 días hábiles contados desde la total tramitación del Acto Administrativo que aprueba la Adquisición y Selección. |
Entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Gran Compra Nº xxx y de antecedentes para elaboración de Acuerdo Complementario. | Dentro de 30 días hábiles contados desde la solicitud de antecedentes para elaboración de acuerdo complementario. |
Emisión de la Orden de Compra | Dentro de 10 días corridos, a partir de la fecha de suscripción del Acuerdo Complementario. |
Acto Administrativo que aprueba el Acuerdo Complementario | Dentro de 90 días hábiles contados desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba la Adquisición y Selección. |
- SERVICIO REQUERIDO.
La Subsecretaría, a través del CPEIP, requiere contratar el servicio de ejecuciones del programa de inducción para directores noveles seleccionados por alta dirección pública, según se indica a continuación[a]:
- CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El oferente podrá postular a uno o más ítems, siempre que cumpla con los requisitos mínimos para postular indicados en la letra B de la presente Intención de Compra, pudiendo ser seleccionado en uno o más de ellos.
Para la prestación del servicio, se deberán contemplar los siguientes requerimientos específicos, para cada ítem al cual se postule:
- Para[b][c] la ejecución del Programa de Inducción para Directores Noveles, en los Ítems N°1, 2 y 9, el mínimo y máximo de directores (as) se calcula considerando el conjunto de directores matriculados de ambas regiones del respectivo Ítem.
- Para los Ítems N°1, 2 y 9 de las presentes bases, la contraparte técnica decidirá si los módulos 1 y 5 señaladas en el Anexo N°1 “Descripción Técnica”, se realicen reuniendo a todos los directores (as) del Ítem adjudicado en una sola región o en aulas separadas por región.
Dicha decisión se tomará considerando el número de directores matriculados en el Programa de Inducción y las condiciones de distancia y traslado de los participantes.
Valor máximo a cancelar: A continuación se presentan los montos máximos a cancelar por director (a) matriculado por ítem y que cumplan con los requisitos de participación señalados en el punto 9 de las presentes bases DEL PAGO, 9.3 (Descuento por desertor)
PRESUPUESTO GC INDUCCIÓN | 2020 | ||
ITEM | REGIONES | V. Unitario | Valor total |
1 | Arica y Parinacota y Tarapacá | 3500 | 52500000 |
2 | Antofagasta y Atacama | 3500 | 105000000 |
3 | Coquimbo | 3300 | 66000000 |
4 | Valparaíso | 3100 | 77500000 |
5 | Metropolitana Sur | 2700 | 54000000 |
6 | Metropolitana Norte | 2700 | 54000000 |
7 | O´Higgins | 3100 | 65100000 |
8 | Maule | 2800 | 70000000 |
9 | Bío Bío y Ñuble | 3100 | 124000000 |
10 | Araucanía | 2900 | 58000000 |
11 | Los Ríos | 2900 | 72500000 |
12 | Los Lagos | 3100 | 62000000 |
13 | Aysén | 3500 | 52500000 |
14 | Magallanes | 3300 | 49500000 |
- Emitida la Orden de Compra, la institución deberá iniciar la ejecución del servicio requerido dentro de un plazo máximo de 90 días corridos[d][e]. La ejecución del programa de inducción deberá realizarse en el plazo máximo de 12 meses, contados desde la emisión de la Orden de Compra, la certificación de los participantes se deberá hacer dentro del 30 días corridos siguientes al término de la ejecución.
- La Subsecretaría, a través del CPEIP estará a cargo de la selección de los directores (as) elegidos por Alta Dirección Pública, lo que incluye realizar la difusión del programa a los sostenedores y directores (as) de las distintas regiones, que son potenciales beneficiarios de la acción formativa.
- La institución deberá realizar el proceso de matrícula de los participantes que cumplan con los requisitos de participación, según nómina entregada por la Subsecretaría, a través del CPEIP, previo al inicio del servicio.
- La institución deberá implementar la acción formativa para el número mínimo y máximo de participantes matriculados por ítem, según lo indicado en el numeral 1 “servicio requerido”. Estos participantes tienen derecho a formación gratuita y pertinente para su desarrollo profesional y la mejora de sus saberes y competencias directivas.
- La institución deberá impartir oportunamente a los directores beneficiarios el programa de estudio de acuerdo a los plazos señalados en la presente intención de compra y según la información detallada en el Anexo N° 1.
- La institución deberá considerar la preparación de materiales de apoyo para el proceso formativo y de apoyo para el trabajo de inducción con directores (as). Todo material producido por las instituciones deberá incluir el logo de la Subsecretaría de Educación. Toda la documentación requerida por la Subsecretaría, deberá ser en idioma español. En caso de requerirse traducción, ésta será de exclusivo costo de la Institución.
- La institución deberá mantener los contenidos, metodología y la evaluación del programa de estudios acordados en la presente intención de compra.
- La institución formadora deberá utilizar oportunamente la plataforma de ejecución y administración de las acciones formativas que CPEIP provea. Sólo en caso de imposibilidad técnica del CPEIP podrá usar la plataforma de su institución, de manera excepcional y por el tiempo necesario para solucionar la contingencia antes indicada, en este caso deberá entregar nombre de usuario y contraseña a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría.
- La institución deberá contar para su propuesta, con un equipo de trabajo, el que deberá estar integrado por:
- Un(a) coordinador(a) académico del proyecto, encargado(a) de canalizar, desde y hacia la contraparte técnica de la Subsecretaría, la información proveniente del equipo de la institución. Debe ser un profesional con expertise en el ámbito educativo que gestione el curso, que lidere las acciones dentro de la institución y que actúe como contraparte técnica para con la Subsecretaría, (CPEIP). Además de desarrollar y entregar los informes requeridos en el presente documento y la entrega de los respectivos planes de contingencia.
- Megamentores (as), encargados de apoyar técnica, administrativa, pedagógica y disciplinalmente a los mentores (as), además de responder las dudas que los (as) mentores (as) no puedan contestar a los (as) directores (as) participantes, referidas al uso de la plataforma, los contenidos disciplinares y/o pedagógicos y actividades del curso, incluidas en la acción formativa. Las especificaciones sobre el perfil de los megamentores están señaladas en el punto 17 de las presentes bases “Especificaciones del equipo de mentores y megamentores”.
La propuesta del oferente deberá considerar un (1) Megamentor (a) por cada ítem al que postule. Deberá ser distinto al Coordinador académico del proyecto.
En caso de que la institución postule a más de un ítem, solo puede presentar un mismo Megamentor, para un máximo de dos ítems.
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