Legislacion Fiscal
Enviado por Evelinzzita • 30 de Mayo de 2013 • 13.936 Palabras (56 Páginas) • 407 Visitas
TEMA I IMPUESTO SOBRE LA RENTA
¿PORQUE ES UN IMPUESTO DIRECTO?
Es un impuesto directo, puesto que grava una exteriorización inmediata de riqueza; es personal, ya que lo soporta directamente el beneficiario del enriquecimiento, y es progresivo, lo que significa que mientras mayor sea el enriquecimiento, mayor será la alícuota tributaria aplicable.
ANTECEDENTES Y EVOLUCION DE ISR
La evolución histórica del Impuesto Sobre la Renta puede ser apreciada en cuatro (4) periodos:
• Primer Periodo: Comienza desde la época de la colonia hasta 1830. Es de hacer notar que en esta etapa se inicio nuestro país como Republica Independiente. La característica del sistema era la existencia de tributos fijados por la metrópolis Española. Entre los tributos mas importantes se pueden mencionar el Registro Publico, Exportación, Importación, etc.
• Segundo Periodo: Se inicia en 1830, con la abolición de la mayoría de los tributos coloniales y la creación de otros nuevos. Entre los tributos vigentes para esta etapa tenemos: Los Impuestos aduaneros, Impuestos Sobre Licores, Registro Publico, Sucesiones y Herencias, Ingresos por Estampillas, Patentes de Comercios, Contribuciones Especiales, etc.
• Tercer Periodo: Se extiende de 1917 a 1943. En esta etapa aparece un instrumento fiscal que va a gravar a la industria petrolera y todas las demás actividades; refiriéndose a la promulgación de la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Es de hacer notar que el 10 de Julio de 1942, el Congreso sanciono la primera Ley de Impuesto Sobre la Renta, a la cual le fue puesto el ejecútese por el General Isaías Medina Angarita, el 17 de Julio de 1942, y entro en vigencia el 1° de enero de 1943.
• Cuarto Periodo: Desde 1943 hasta nuestros días, se han hecho reformas para mejorar el sistema hacendístico y tributario.
OBJETO Y SUJETOS DEL ISR
El objeto del impuesto sobre la renta esta constituido por el ingreso en efectivo, en especie o en crédito, provenientes de la realización de actividades comerciales, agrícolas, industriales, ganaderas o de pesca, o por los obtenidos por personas físicas y por los percibidos por asociaciones de carácter civil.
Sujeto
Son sujetos (Contribuyente) del impuesto del que se trate, respecto de todos los ingresos gravables, cualquiera que se la ubicación de la fuente de donde procedan:
Las personas físicas y morales de nacionalidad mexicana
Los personas morales de nacionalidad extranjera que tengan un establecimiento permanente en el país.
Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a este
INGRESO, DEDUCCIONES Y PÉRDIDAS
Ingreso.- Corresponde a todos los fondos recaudados por el fisco, provenientes de los Impuestos pagados por los contribuyentes, ventas de activos y servicios y Utilidades de las empresas estatales
Deducciones.- Son los gastos que conforme a las leyes fiscales se pueden descontar para fijar la utilidad gravable de una empresa. En el Estado de Pérdidas y Ganancias, se agrupan bajo este rubro los gastos que no representan costos de manufactura o de operación, ni compras de materias primas, de mercancías o abastecimientos, sino que tienen un carácter de gastos financieros, como los intereses pagados sobre bonos u obligaciones, hipotecas, documentos por pagar, etc., o que tienen un carácter de pérdidas extraordinarias o imprevistas.
Perdidas.- Pérdida de un ejercicio, determinada de acuerdo con las reglas establecidas por las autoridades fiscales, con la que se determina el importe del impuesto sobre los beneficios a pagar o a recuperar.
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES
Articulo 58
Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este titulo, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta ley, tendrán las siguientes:
I.- Llevar la contabilidad de conformidad con el código fiscal de la federación, su reglamento y el reglamento de esta ley y efectuar los registros en la misma. Cuando se realicen operaciones en moneda extranjera, deberán registrarse al tipo de cambio aplicable en la fecha en que se concierten.
II.- Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de la secretaria de hacienda y crédito público.
III.- Expedir constancias en las que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el titulo v de esta ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del articulo 52-b de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.
IV.- (se deroga).
V.- Presentar en el mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración en la que proporcionen la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan.
Vi.- (se deroga).
VII.- Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias respectivas.
VIII.- Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio y el monto del impuesto de este, ante las oficinas autorizadas dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio. En dicha declaración también se determinaran la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
IX.- Presentar en el mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas una declaración en la que proporcionen la información siguiente:
A) El saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior, de los prestamos que le hayan sido otorgados o garantizados por residentes en el extranjero; y
B) El tipo de financiamiento, nombre del beneficiario efectivo de los intereses, tipo de moneda, la tasa de interés aplicable y las fechas de exigibilidad del principal y accesorios, de cada una de las operaciones de financiamiento a que se refiere el inciso anterior.
X.- Presentar en el mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración en la que proporcionen información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior con los cincuenta principales proveedores, y con los clientes con los que hubieran
...