Legislación en la Comunicación
Enviado por Marysol Peña • 11 de Febrero de 2016 • Documentos de Investigación • 538 Palabras (3 Páginas) • 99 Visitas
INTRODUCCIÓN
De acuerdo con el libro Derecho Fiscal bajo la autoría de Adolfo Arrioja, el derecho fiscal “tiene por objeto estudiar y analizar las diversas normas jurídicas que regulan la relación en virtud de la cual el Estado exige de los particulares sometidos a su autoridad o potestad soberana la entrega de determinadas prestaciones económicas para sufragar los gastos públicos.”[1]
Con lo anteriormente mencionado, se puede decir que la definición citada indica la existencia de una relación e carácter económico entre el Estado y los particulares o gobernados, al igual que una relación necesaria y, a su vez, indispensable para la satisfacción de necesidades colectivas, mismas que para el Estado requiere recursos económicos y patrimoniales que deben de los gobernados; éstos se benefician con la satisfacción de las necesidades colectivas.
De acuerdo con el primer Artículo del Código Fiscal de la Federación, tanto las personas físicas, como las morales se encuentran obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales que a éstas respectan. Dicho esto, las disposiciones de este Código se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que el país forme parte, ya que sólo mediante ley podrá destinarse una contribución a un gasto público en específico.
El artículo segundo indica que las contribuciones son por medio de impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Por impuestos se entiende a las contribuciones que ya están establecidas por la ley, mismas que deben ser aportadas por las personas físicas y morales que se encuentran en situación jurídica. Las aportaciones de seguridad social podrían definirse como las exacciones ya establecidas por la ley, éstos con la finalidad de asegurar su financiamiento económico en forma automática. Por otro lado, las contribuciones de mejoras son aquellas que establece la ley a cargo de las personas físicas y morales, con la finalidad de que éstas se beneficien directamente por obras públicas. Las contribuciones que establece la ley por el uso y/o aprovechamiento de aquellos bienes de dominio público , de la Nación son los derechos.
Por lo ya mencionado, es posible ahora definir a una persona física como a todo ser humano que sea susceptible a adquisición de derechos y contracción de obligaciones. Cabe mencionar que toda persona física cuenta con los derechos que la Constitución y las demás normas le brindan. Un ejemplo claro de persona física es un empleado, mismo que paga impuestos, hace declaraciones, cuenta con prestaciones, etc.
Por otro lado, por persona moral se entiende a todo grupo de personas que cuente con una entidad legal y que se unan por un fin en específico. Antes de la obtención de identidad legal es necesario llevar el proceso de un trámite ante notario. Como ejemplo de persona moral, se puede mencionar cualquier institución de asistencia o beneficencia, así como asociaciones o sociedades civiles con fines políticos o deportivos, asociaciones patronales, sindicatos obreros, cámaras de comercio o industria, asociaciones o sociedades civiles de enseñanza, de investigación científica o tecnología, sociedades cooperativas de consumo o sociedades mutualistas, entre otras.
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