Ley 1562 de 2012 Ley de riesgos laborales
Enviado por vaisher • 28 de Septiembre de 2013 • Síntesis • 389 Palabras (2 Páginas) • 416 Visitas
Ley 1562 de 2012 Ley de riesgos laborales
Estos son los cambios mas significativos que trae la norma que modifica el sistema de riesgos profesionales:
1. Se cambia en todo el sistema el término Profesional por Laboral es decir ya no hablaremos de Riesgos Profesionales sino de Riesgos Laborales.
2. Salud ocupacional será ahora identificado como Seguridad y salud en el trabajo.
3. El programa de salud ocupacional será equivalente a hablar del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo SG-SST.
4. Incluye nuevos afiliados obligatorios al sistema como los independientes con mas de un mes de contrato y los que laboren en actividades de alto riesgo, los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.
5. En forma voluntaria se podrán afiliar los independientes que no están cobijados en el ítem anterior y los informales.
6. Define nuevamente el término accidente de trabajo y enfermedad laboral sin grandes cambios a lo recordado del Decreto Ley 1295 de 1994.
7. Las empresas de alto riesgo tendrán supervisión por parte de las ARL (léase Administradoras de Riesgos Laborales antes ARP) y del Ministerio de trabajo.
8. Las micro y pequeñas empresas que presentan una lata siniestralidad o que están clasificadas como de alto riesgo deberán fortalecer la prevención con la asesoría de la Administradora de Riesgos Laborales.
6. Las visitas de verificación de la implementación del sistema de garantía de calidad en salud ocupacional y riesgos laborales se realizará por parte del Ministerio de Trabajo o a través de terceros idóneos, el costo de estas visitas será asumidos por parte de las ARL y el Fondo de Riesgos Laborales.
7. La verificación de los estándares mínimos por parte de las IPSOs será realizado por parte de las entidades Departamentales y Distritales de Salud.
8. Funcionamiento de las juntas regionales y nacional de calificación de invalidez.
9. Reglas para garantizar el flujo adecuado de recursos entre los sistemas de riesgos laborales y de seguridad social en salud.
10. se asignan recursos al Instituto Nacional de Salud para investigación en salud laboral.
11. Se sancionará con hasta mil salarios mínimos mensuales vigentes cuando se detecten omisiones en los reportes de accidentes de trabajo y enfermedades laborales que afecten el índice de lesiones incapacitantes o la evaluación del programa de salud ocupacional.
12. Se crea la comisión especial de inspectores de trabajo en materia de riesgos laborales y Sistema nacional de inspectores de trabajo.
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