Ley De Contaduria Publica
Enviado por ariagna • 7 de Julio de 2011 • 8.850 Palabras (36 Páginas) • 1.217 Visitas
Análisis de la Ley del Ejercicio la Contaduría Pública
DEL PROFESIONAL
El Contador Público es aquella persona quien haya obtenido y revalidado su titulo
universitario de Licenciado en Contaduría Publica en Venezuela, aclarando que esta
profesión no es una actividad mercantil.
Constituye una falta, la utilización de medios de publicidad o propaganda por
usurpación de leyendas, insignias, dibujos y demás expresiones de los cuales se desprende
el ejercicio de la contaduría pública por personas distintas a las que establece la ley.
DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Los servicios profesionales que le corresponden ejercer a los Contadores Públicos,
considerando como más importante las siguientes:
_ Examinar y evaluar todos los registros y documentos contables de instituciones legales
y a su vez realizar el dictamen tanto judicial como administrativo según sea el caso.
_ Auditar y presentar de acuerdo a las disposiciones generales, los estados financieros
de las instituciones bancarias, compañías de seguro y de otras instituciones de crédito.
_ Certificar el informe del Comisario de las sociedades de capital según el artículo 311
del Código de Comercio.
_ Dictaminar sobre los balances y estados de ganancias y pérdidas de empresas,
fundaciones u otras instituciones de utilidad publica.
Cuando se encuentra la firma y certificación de un contador público sobre los estados
financieros, se presume que se ha ajustado a las normas legales y que se ha obtenido
información necesaria para fundamentar su opinión.
Llevar libros y registros de contabilidad, formular balances de comprobación o estados
financieros, actuar como auditor interno, comprobar y determinar la eficacia de métodos
contables no esta considerado como ejercicio profesional de la contaduría.
Los contadores públicos deberán cumplir y conservar las siguientes normas de ética
para el ejercicio de sus funciones tomando en cuenta como las más importantes:
_ No divulgar información a terceras personas excepto ante las autoridades
competentes.
“El Ejercicio y La Ética Profesional del Contador Publico”
“Normas Internacionales de Contabilidad”
“Normas Internacionales de Auditoria”
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_ No emitir opinión sobre estados financieros razonables solo por hecho de tener una
relación directa con la empresa.
Los contadores pueden asociarse para establecer firmas u organizaciones
profesionales y dedicarse al ejercicio de su profesión y deben estar inscritos en el colegio de
profesional donde este domiciliada la firma.
DE LOS ORGANISMOS PROFESIONALES
De los colegios
Establece la definición del colegio de contadores públicos, que son asociaciones con
personalidad jurídica con derecho y obligaciones señalados en la ley.
Todo profesional de la contaduría pública debe estar inscrito en el colegio, el cual le
asignara un número que lo identifique, este deberá ser colocado en cada acción pública que
realice.
Los colegios de contadores públicos tienen como fin:
1. Velar por el cumplimiento de los principios de ética en el ejercicio de la profesión.
2. Promover el mejoramiento profesional de los miembros y establecimiento de relaciones
con institutos profesionales de cualquier índole.
3. Contribuir a investigaciones relacionadas con la profesión y fomentar su estudio.
4. Asesoramiento de escuelas relacionadas a la profesión.
5. Estudiar asuntos de su competencia relacionados con el estado.
6. Gestionar las reformas necesarias de los instrumentos que regulan el ejercicio de la
profesión.
De la Federación
Estará integrada por los colegios y sus delegaciones que de ella dependan, su carácter
es exclusivamente profesional, con personalidad jurídica y patrimonio propio, promoverá la
defensa de los intereses de quienes la constituyen.
Corresponde a la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela:
_ Fijar las normas de ética profesional para garantizar el buen funcionamiento del
ejercicio de la Contaduría Publica.
“El Ejercicio y La Ética Profesional del Contador Publico”
“Normas Internacionales de Contabilidad”
“Normas Internacionales de Auditoria”
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_ Vigilar y controlar todas las actividades que no corresponden al Contador Publico y que
solo deben ser ejercidas por los profesionales autorizados por esta ley.
_ Garantizar al Contador Publico un nivel económico de vida que asegure el bienestar
tanto del profesional como el de sus familiares.
_ Elegir aquellos profesionales que formaran parte de la Asamblea y de los distintos
Consejos de Facultades que se asocien con las Universidades Nacionales.
_ Revisar y gestionar las reformas legales sobre los reglamentos internos que forman
parte del desempeño y de la protección de las funciones que ejerce el Contador
Público.
_ Fijar la cuota que deben pagar sus respectivos cuerpos inscritos y asociados a los
colegios de contadores públicos y delegaciones.
DEL EJERCICIO ILEGAL Y DE LAS SANCIONES
Considera que ejecutan ilegalmente la profesión de contador público:
_ Todas aquellas personas que no posean su titulo respectivo y como tal ejerzan
funciones que se le atribuyen por esta ley solo a los Contadores Públicos.
_ Aquellas personas que ejercen la profesión si de una u otra forma les hubiesen
quedado suspendida su licencia ya sea de manera temporal o parcial.
_ Quienes ya habiendo recibido el titulo no se hayan inscrito en el colegio de contadores
públicos y estén ejerciendo la profesión.
_ Los profesionales que se presten a llevar contabilidades ilegales o realizar funciones
que no estén contenidas en la ley correspondiente.
Serán penados con multas, todas las personas, funcionarios o empleados públicos que
ejerzan de manera ilegal el ejercicio de su profesión o que interfieran o impidan la aplicación
de esta ley.
Estipula que le será suspendida la licencia hasta por 1 año, a todas aquellas personas
que no cumplan con las normas de ética profesional o que el tribunal le declare una
sentencia de inhabilitado, y otros casos que estén constituido en esta ley y su reglamento.
Aquel contador publico que viole el secreto de documentos e informaciones obtenidos
en el ejercicio
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