Ley Del Notariado Del Estado De Nuevo Leon
Enviado por yaressitorres • 6 de Marzo de 2013 • 2.315 Palabras (10 Páginas) • 859 Visitas
El UNIVERSIDAD AUTÒNOMA DE NUEVO LEON
Facultad de Derecho y Criminología
Clave: D43
Materia: DERECHO PROCESAL FISCAL
Semestre: 80
Maestro: LIC. Emmanuel Saldaña
GUÍA
Para 3ª y 5ª oportunidad.
Textos para consultar:
DE LA GARZA Sergio Francisco. Derecho Financiero Mexicano. Ed. Porrúa.
FERNÁNDEZ Martínez Refugio de Jesús. Derecho Fiscal.Ed. McGraw Hil.
KAYE Dionisio J. Kaye Trueba Christian. Nuevo Derecho Procesal Fiscal y
Administrativo. Editorial Themis.
MABARAK Cerecedo Doricela. Derecho Financiero Público. Ed. McGraw Hill.
I. Instrucciones: Busque, analice y estudie los temas, conceptos, clasificaciones y
Definiciones relativas a los temas que se mencionan enseguida.
1. Poder Tributario.- la facultad que el ordenamiento jurídico le reconoce al Estado para imponer, modificar o suprimir en virtud de una ley obligaciones tributarias
Características Del Poder Tributario.
a) Es originario. El Estado lo detenta o adquiere siempre de un modo originario. Si a lo dicho sumamos que la ley es la expresión de la voluntad general, y que por ella se manifiesta la soberanía del pueblo sobre dos aspectos: el consentimiento del impuesto y el poder de ejecución, debemos necesariamente
concluir que este poder tributario siempre se expresará en un principio de legalidad.
b) Es irrenunciable. Es imposible su abandono por parte del Estado. Para el Estado es además obligatorio y permanente, sus autoridades no pueden renunciar a él. La irrenunciabilidad no obsta a que se dicten leyes condonatorias de impuestos, ya que lo irrenunciable es el poder tributario, más no la recaudación que se logre con su aplicación.-
c) Es abstracto. Ello quiere decir que existe siempre, independientemente de si se ejerce o no.
d) Es imprescriptible. Si el Estado no ejerce este poder, no significa que éste deje de existir. Dicho de otro modo, este poder no se extingue por el paso del tiempo.
e) Es Territorial. Este poder se ejerce dentro de los límites del territorio del mismo Estado. Por esta razón en todos los tributos que existen puede verificarse la concurrencia de un requisito de territorialidad.
. Hacienda Publica.- La rama del conocimiento económico que tiene por objeto el estudio del sector público o economía pública, que comprende la intervención que la autoridad pública efectúa en una economía de mercado, fundamentalmente a través de los ingresos y gastos públicos.
3. Organismos Fiscales Autónomos.- son organismo autónomo es ente público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por decreto para no depender del Poder Ejecutivo ni de ningún otro Poder (Legislativo o Judicial), con objeto de actuar con independencia, imparcialidad y objetividad en sus funciones; para efectos presupuestarios y contables; como ejecutores de gasto, están obligados a cumplir con las leyes y normatividad vigentes en las materias; para fines de presentación su información presupuestaria y contable se incluyen en el Sector Central. Los organismos autónomos son otorgados por la constitución o por las leyes, en el caso de México son como el Banco de México, el INEGI, el tribunal electoral, el IFE, la comisión de derechos humanos, el IFAI y los tribunales agrarios.
4. Impuesto.- os impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado
5. Aprovechamiento
6. Contribuciones de mejoras: es aquella contribución obligatoria, motivada en la obtención de un beneficio para el sujeto pasivo, que se origina en la realización de obras públicas. Esta contribución se legitima en el incremento del valor del patrimonio del sujeto pasivo, como consecuencia directa de la realización de dicha obra. Ejemplo de ella es la contribución que se cobra a los frentistas por el incremento de valor de los inmuebles ante la pavimentación de una calle
7. Gasto Público.- El gasto público es la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos que el sector público representado por el gobierno emplea para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentran de manera primordial la de satisfacer los servicios públicos de la sociedad. Así mismo el gasto público es un instrumento importante de la política económica de cualquier país pues por medio de este, el gobierno influye en los niveles de consumo, inversión, empleo, etc. Así, el gasto público es considerado la devolución a la sociedad de algunos recursos económicos que el gobierno captó vía ingresos públicos, por medio de su sistema tributario principalmente.
8. Derecho Presupuestario
9. Presupuesto de Egresos: Es el documento jurídico, contable y de política económica, aprobado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a iniciativa del Presidente de la República, en el cual se consigna el gasto público, de acuerdo con su naturaleza y cuantía, que deben realizar el sector central y el sector paraestatal de control directo, en el desempeño de sus funciones en un ejercicio fiscal.
10. Actividad Financiera del Estado
11. Concepto de Derecho Fiscal: estudia las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras a la consecución del bien común. Dentro del ordenamiento jurídico de los ingresos públicos se puede acotar un sector correspondiente a los ingresos tributarios, que por su importancia dentro de la actividad financiera del Estado y por la homogeneidad de su regulación, ha adquirido un tratamiento sustantivo
12. Concepto de Crédito Fiscal: ARTICULO 4 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION...SON CREDITOS FISCALES LOS QUE TENGA DERECHO A PERCIBIR EL ESTADO O SUS ORGANISMOS DECENTRALIZADOS QUE PROVENGAN DE CONTRIBUCIONES, DE APROVECHAMIENTOS, O DE SUS ACCESORIOS, INCLUYENDO LOS QUE DERIVEN DE RESPONSABILIDADES QUE EL ESTADO TENGA DERECHO A EXIGIR DE SUS SERVIDORES PUBLICOS O DE LOS PARTICULARES, ASI COMO AQUELLOS A LOS QUE LAS LEYES LES DEN ESE CARACTER Y EL ESTADO TENGA DERECHO A PERCIBIR POR CUENTA AJENA.
13. Principios de proporcionalidad y equidad: • principio de generalidad.
• Principio de obligatoriedad.
• Principio de vinculación con el gasto público.
• Principio de proporcionalidad y equidad.
• Principio de legalidad.
Y cada uno consiste en:
a) PRINCIPIO DE GENERALIDAD.
Es consecuencia directa de legalidad tributaria, todo tributo para resultar válido y eficaz debe encontrarse previsto en una ley.
Al hablar de generalidad en su acepción jurídica, tenemos por fuerza
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