Ley General De Educación
Enviado por zurizayde • 28 de Septiembre de 2012 • 1.081 Palabras (5 Páginas) • 436 Visitas
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
CAPITULO I. Disposiciones Generales, 1-11.
_ El estado está obligado a prestar los servicios educativos para que toda la población curse la educación preescolar, primaria y secundaria.
_ Es obligación de todos los mexicanos hacer que sus hijos o pupilos menores de edad cursen la educación preescolar, primaria y secundaria.
_La educación que imparta el estado será laica y gratuita.
_ Los hablantes de lenguas indígenas tendrán acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y en español.
_ Constituyen el sistema educativo nacional: los educandos y educadores, autoridades educativas, planes y programas educativos, instituciones educativas del estado y organismos descentralizados, las instituciones particulares con reconocimiento de validez oficial y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.
_ La autoridad educativa federal recae en la Secretaría de Educación Pública.
CAPITULO II. Del Federalismo Educativo, 12 – 31.
_Algunas atribuciones de la autoridad educativa federal son: determinar para toda la república, los planes y programas de estudio para la educación preescolar, primaria, secundaria y normal; establecer el calendario escolar aplicable en toda la república; elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuito; autorizar el uso de libros de texto para preescolar, primaria y secundaria; regular el sistema de créditos, revalidación y equivalencias de estudios y evaluar el sistema educativo nacional.
_ Corresponden a las autoridades educativas locales: prestar los servicios de educación inicial, básica, indígena, especial, normal y demás para la formación de maestros; proponer a la SEP los contenidos regionales que haya que incluir en los planes y programas; ajustar el calendario escolar; revalidar y otorgar equivalencias de estudios en preescolar, primaria secundaria y normal de acuerdo a los lineamientos de la SEP; otorgar, negar y revocar autorización a los particulares para impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y normal.
_ El ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa concurrirán al financiamiento de la educación pública. El monto anual que se destine, no podrá ser menor al 8% del producto interno bruto del país.
CAPITULO III. De la Equidad en la Educación, 32–36.
_ Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos.
CAPITULO IV. Del Proceso Educativo, 37-53.
_ Los tipos de educación que se definen son tres: 1) BASICA, que comprende preescolar, primaria y secundaria; 2) MEDIO- SUPERIOR que abarca el bachillerato y sus equivalentes; 3) SUPERIOR que corresponde a la que se imparte después del bachillerato con niveles de licenciatura, especialidad, maestría y doctorado, además de la normal en todos sus niveles y especialidades.
CAPITULO V. De la Educación que Impartan los Particulares, 54-59.
_ Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades.
_ Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se otorgarán cuando los solicitantes cuenten:
I.- Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21;
II.- Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento,
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