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Ley Para La Atención Integral Del Consumo De Sustancias Psicoactivas


Enviado por   •  31 de Enero de 2014  •  Documentos de Investigación  •  12.047 Palabras (49 Páginas)  •  592 Visitas

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LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL

CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

DEL DISTRITO FEDERAL

(Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2010)

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus

habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V Legislatura, se ha servido dirigirme el

siguiente:

DECRETO

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- V LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

V LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY PARA LA ATENCIÓN

INTEGRAL DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS DEL

DISTRITO FEDERAL.

Artículo Único.- Se expide la Ley para la Atención Integral del Consumo de Sustancias

Psicoactivas del Distrito Federal, para quedar como sigue:

LEY PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CONSUMO DE SUSTANCIAS

PSICOACTIVAS DEL DISTRITO FEDERAL

TÍTULO PRIMERO

FUNDAMENTOS BÁSICOS

Capítulo Primero

Disposiciones generales

Artículo 1°. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público, interés social y de

observancia general en el Distrito Federal. Los derechos que deriven de ella serán aplicables a

todas las personas que habitan y transitan en el Distrito Federal con un enfoque de derechos

humanos y de perspectiva de género, teniendo por objeto lo siguiente:

I. Establecer las bases de política pública en materia de atención integral del consumo de

sustancias psicoactivas en el Distrito Federal, a partir de un enfoque preventivo, con

irrestricto respeto a los derechos humanos y que atienda las necesidades diferenciadas

en función del género;

II. Definir la coordinación de políticas, programas y acciones, así como la inversión y

asignación de recursos públicos para la atención integral del consumo de sustancias

psicoactivas;

III. Prever servicios para la atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, que

contemple los modelos de intervención profesional, de ayuda mutua y mixtos,

atendiendo a la diversidad social, los variados contextos y características donde se

presenta la problemática de consumo y la situación en particular de la persona con

consumo de sustancias psicoactivas, considerándola como sujeto de derechos;

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, V LEGISLATURA

CENTRO 2 DE DOCUMENTACION

IV. Establecer los principios, procedimientos y criterios para la creación, fortalecimiento,

supervisión, monitoreo, evaluación y actualización de servicios de educación, atención

y asistencia para la prevención, reducción de daño y tratamiento del consumo de

sustancias psicoactivas;

V. Promover la participación social como un factor de corresponsabilidad en la prevención

y reducción del consumo de sustancias psicoactivas, para eliminar la discriminación

hacia las personas con consumo de dichas sustancias, favoreciendo el libre desarrollo

de su personalidad y ejercicio de sus derechos;

VI. Fomentar la sana convivencia familiar y en la comunidad, promoviendo un ambiente

libre de consumo de sustancias psicoactivas en el Distrito Federal mediante acciones

preventivas, poniendo especial atención a la población infantil y juvenil para disminuir

los factores de riesgo;

VII. Delinear la política general de prevención del consumo de sustancias psicoactivas del

Distrito Federal, a través de un enfoque educativo en la sociedad para identificar, evitar,

reducir, regular o eliminar su consumo como riesgo para la salud, así como sus

consecuencias físicas, psíquicas, económicas, familiares y sociales;

VIII. Promover la generación de conocimiento científico y académico respecto al consumo

de sustancias psicoactivas, así como de su prevención, reducción de daño y asistencia

médica, con la finalidad de contar con elementos científicos en los procesos

relacionados con la aplicación de la presente Ley;

IX. Establecer métodos y estrategias que respeten los derechos humanos de las personas

con consumo de sustancias psicoactivas, diseñando alternativas de prevención,

tratamiento, rehabilitación e integración comunitaria, con la participación de los diversos

sectores sociales, ubicando la problemática materia de la presente Ley como un

fenómeno que impacta en la estructura social;

X. Integrar una Red Interinstitucional que agrupe a las instituciones públicas, privadas y

organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la atención integral del consumo

de sustancias psicoactivas;

XI. Implementar mecanismos para coadyuvar con las autoridades federales competentes

en la vigilancia y supervisión de los establecimientos especializados en adicciones;

XII. Fomentar el financiamiento público y privado para el diseño y aplicación de políticas

públicas de atención integral del consumo de sustancias psicoactivas, y

XIII. Establecer la organización y funcionamiento del Instituto para la Atención y Prevención

de las Adicciones en la Ciudad de México.

Artículo 2°. Los habitantes del Distrito Federal, independientemente de su edad, género,

condición económica o social, orientación sexual, identidad étnica, discapacidad o cualquiera

otro, tienen derecho a la protección integral de la salud.

La prestación de servicios en materia de prevención que ofrezca el Gobierno del Distrito

Federal, serán de manera gratuita, eficiente, oportuna y de calidad. En el caso de que se

apliquen cuotas de recuperación por la prestación de los servicios de tratamiento, rehabilitación

e integración comunitaria que establece la presente Ley, su recaudación se ajustará a lo que

dispongan los instrumentos jurídicos aplicables, tomando en cuenta la condición socio

económica de las personas que los reciban.

Artículo 3°. Para los fines de esta Ley, se entenderá por:

I. Adicción o dependencia: estado psicofísico causado por la interacción de un organismo

vivo con un fármaco, alcohol, tabaco u otra droga, caracterizado por modificación del

comportamiento y otras reacciones que comprenden siempre un impulso irreprimible

por tomar dicha

...

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