Ley de prevención de riesgos laborales, ley 31/1995
Enviado por Cas Suárez • 4 de Abril de 2018 • Apuntes • 679 Palabras (3 Páginas) • 113 Visitas
Ley de prevención de riesgos laborales, ley 31/1995
Tiene como objetivos:
- Promover la mejora de condiciones de trabajo
- Orientar las distintas actuaciones a la coordinación de las administraciones
Principios básicos de la prevención:
- Identificar
- Eliminar
- Evaluar
- Planificar
- Controlar y reiniciar
Principios básicos de la política preventiva:
- Eficacia
- Coordinación
- Participación
OIT = organización internacional del trabajo, organismo especializado de las naciones unidas que realiza recomendaciones para la implementación de normas mínimas en materia de derechos laborales, formular normas técnicas y prestar asesoría. (Convenio 155 sobre la salud y seguridad de los trabajadores).
Agencia europea para la salud y seguridad en el trabajo, proporciona información técnica, científica y económica útil en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo.
INSHT = instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo, actualmente renombrado como instituto nacional de seguridad, salud y bienestar en el trabajo INSSBT. Se encarga de dar asesoramiento técnico, promoción, formación, información, investigación y divulgación; apoyo técnico y colaboración con organismos internacionales.
Ministerio del trabajo y asuntos sociales y ministerio de sanidad y de consumo; elaborar normativa, promover la prevención, velar por el cumplimiento y sancionar a los infractores.
Organismo técnico: INSSBT instituto nacional de seguridad salud y bienestar en el trabajo.
Organismo de vigilancia y control de normativa: inspección de trabajo y seguridad social.
Organismo con competencia sanitaria: instituto nacional de salud
Organismos con competencia en seguridad social: instituto nacional de seguridad social.
Coste personal= horas perdidas x coste horario
Coste horario= (salario bruto anual+seguro social)/Horas trabajadas anual
Reglamento de los servicios de prevención RSP RD 39/1997
LISOS = ley sobre infracciones y sanciones en el orden social
Para que exista responsabilidad es necesario que ocurran tres cosas:
- Existencia probada de una acción u omisión culposa o negligente
- Prueba de un daño efectivo. El daño es la clave de la responsabilidad civil; el daño a de ser cierto, directo y personal.
- Relación de causalidad entre la acción u omisión culposa o negligente y el daño causado.
Órganos de representación de los trabajadores, sus funciones incluyen la información, la consulta y la vigilancia de todos los aspectos de la empresa que involucren a los trabajadores, a la situación de la empresa y a la evolución del empleo de la misma
- Representación unitaria: delegados del personal (6-49 trabajadores y de 1 a 3 delegados, comités de empresa (de 50 a más trabajadores)
- Representación sindical
Delegados de prevención: colaborar en la mejora de la acción preventiva, promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa, ejercer una labor de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa, acompañar a los técnicos en las evaluaciones, ser informados sobre daños producidos trabajadores.
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