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Lugar y fecha: Zipaquirá Cundinamarca 30 de octubre del 2015


Enviado por   •  11 de Febrero de 2017  •  Apuntes  •  653 Palabras (3 Páginas)  •  199 Visitas

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Contrato de permuta

Lugar y fecha: Zipaquirá Cundinamarca  30 de octubre del 2015

Entre los suscritos: el señor PABLO ENRIQUE SALCEDO MOYA identificado con CC. 11343273 y con domicilio en la ciudad de Zipaquirá; y de otra parte el señor  CAÑON SUAREZ JOSE ALVARO quien se identifica con CC. 11258893 y con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C, celebran por medio de este instrumento un Contrato de Permuta sobre los siguientes bienes y en las condiciones como a continuación se describen: 

Primera. Objeto. El señor PABLO ENRIQUE SALCEDO MOYA  por medio de este instrumento enajena en favor del señor CAÑON SUAREZ JOSE ALVARO el siguiente bien:

CLASE.

BUS

MARCA:

HINO

MODELO:

2005

TIPO CARROCERIA:

CERRADA

COLOR:

BLANCO

MOTOR No

JO5CTE14492

CHASIS:

JHDFB4JJT5XX10232

SERIE:

JHDFB4JJT5XX10232

PUERTAS:

3

CAPACIDAD:

28 PASAJEROS

PLACA:

SKL794

SERVICIO:

PUBLICO

Por su parte el señor CAÑON SUAREZ JOSE ALVARO enajena en favor del señor PABLO ENRIQUE SALCEDO MOYA  el siguiente bien.

CLASE.

CAMIONETA

MARCA:

HYUNDAI

MODELO:

2012

TIPO CARROCERIA:

WAGON

COLOR:

BLANCO CERAMICA

MOTOR No

D4BHB026482

CHASIS:

KMJWA37HACU372435

SERIE:

KMJWA37HACU372435

PUERTAS:

4

CAPACIDAD:

8 PASAJEROS

PLACA:

TLN952

SERVICIO:

PUBLICO

Segunda. Permuta. Esta enajenación mutua que hacen los suscritos es a título de permuta, por lo que los bienes sujetos a intercambio tienen los siguientes valores: El bien del señor PABLO ENRIQUE SALCEDO MOYA  se valora en Treinta y cinco millones de pesos en comenda corriente ($35.000.000); al bien del señor CAÑON SUAREZ JOSE ALVARO se valora en Cuarenta y un millones de pesos en comenda corriente ($41.000.000); ambos valores de los bienes objeto de esta permuta, son aceptados por los suscritos.

Parágrafo. La diferencia de valores entre los bienes, es a favor del señor CAÑON SUAREZ JOSE ALVARO, quien acepta recibir la diferencia en dinero por el cual se entregan dos cheques posfechados para cambio el día 02 de Diciembre del año 2015,  uno por valor de Cuatro millones de pesos moneda corriente ($4.000.000) y el otro por valor de Dos millones de pesos moneda corriente ($2.000.000)

Tercera. Obligaciones de los contratantes. Los contratantes se comprometen a realizar todas las gestiones de traspaso que sean necesarias como actas, traspasos, escrituras públicas de ser el caso.

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