MAESTRIA EN LOGISTICA Y COMERCIO INTERNACIONAL
Enviado por Armando Fuentes • 12 de Febrero de 2017 • Documentos de Investigación • 855 Palabras (4 Páginas) • 481 Visitas
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DERECHO DEL TRANSPORTE MAESTRIA EN LOGISTICA Y COMERCIO INTERNACIONAL |
José Armando Fuentes García 00316833 |
Introducción al Derecho Módulo 1 – Tarea 2 José Eduardo González Jasso 22/01/2017 |
1. ¿QUÉ ES DERECHO?
Es el conjunto de normas jurídicas generales, las cuales emergen de la sociedad como un producto cultural. Se adjudican leyes y tienen como objetivo regular la convivencia entre los miembros de todo su entorno.
2. ¿EN QUÉ SE DISTINGUEN LAS NORMAS JURÍDICAS DE LAS MORALES Y DE LAS RELIGIOSAS?
Ambas son unilaterales, pero las primeras se caracterizan por ser autónomas; la sanción solo involucra al individuo en sí y no nadie interviene para sancionar las acciones.
Por otra parte, las religiosas intervienen solo grupos específicos en los cuales interviene la religión y el castigo o sanción no tiene apoyo en la fuerza pública; pero si de sus integrantes.
3. ¿QUÉ ES NORMA Y QUÉ ES LEY NATURAL?
Las normas son reglas que son obligatorias y se realizan en base a facultades predeterminadas.
Las leyes naturales son juicios cuyo objetivo es mostrar las relaciones evidentes que en la naturaleza existen. Expresa las conexiones constantes entre fenómenos.
4. ¿QUÉ ES EL DEBER?
Kant lo define de la siguiente manera “la necesidad de una acción por respeto a la ley”, se debe entender que cuando habla de necesidad se refiere a que es de carácter obligatorio.
5. DESCRIBA LA UNILATERALIDAD DE LA MORAL, FRENTE A LA BILATERALIDAD DEL DERECHO.
La unilateralidad de las reglas éticas se hace consistir en que frente al sujeto a quien obliga no hay otra persona autorizada para exigir el cumplimiento de sus deberes. Las normas jurídicas son bilaterales porque imponen deberes correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones
6. ¿EN QUÉ CONSISTE LA INTERIORIDAD DE LAS NORMAS MORALES Y LA EXTERIORIDAD DE LAS NORMAS JURÍDICAS?
Las normas morales se preocupan más por la vida interior de las personas y en segundo plano se preocupa de la exterioridad, mientras que las normas jurídicas actúan de forma inversa.
7. ¿EN QUÉ CONSISTE LA COERCIBILIDAD DE LA MORAL, FRENTE A LA COERCIBILIDAD DEL DERECHO?
Los deberes morales son incoercibles; su cumplimiento debe realizarse de manera espontánea. En cuanto a la coercibilidad del derecho cabe la posibilidad de que sea cumplida en forma no espontanea, además cabe la posibilidad que sea en contra del obligado.
8. ¿EN QUÉ CONSISTE LA AUTONOMÍA DE LA MORAL, FRENTE A LA HETERONOMÍA DEL DERECHO?
La autonomía de la moral nos dice que cada persona decide cómo actuar y seguir principios por deber y no por interés, es decir, cada quien decide su camino en decisiones basadas por su mismo juicio.
En cambio la heteronomía del derecho impide el desarrollo de su naturaleza, es decir, se rigen por reglas que aplican a su entorno el cual el desobedecerlas le traerían como resultado complicaciones.
9.¿QUÉ DIFERENCIAS HAY ENTRE DERECHO Y CONVENCIONALISMOS SOCIALES?
El derecho se regula la convivencia social y resuelve conflictos interpersonales. Los convencionalismos sociales no están regidos por normas jurídicas y no entran en conflicto con las regulaciones del derecho. Por ejemplo podemos poner a la moda de un color de ropa.
10. ¿QUÉ APORTA FÉLIX SOMLÓ EN ESTA MATERIA?
Félix Somlo nos dice que el derecho no deriva del estado si no de la sociedad; ya que el derecho consuetudinario también deriva de la sociedad.
11. DESCRIBA LAS SIGUIENTES FUENTES FORMALES DEL DERECHO: LEGISLACIÓN, COSTUMBRE, JURISPRUDENCIA, Y LOS USOS Y CONVENCIONALISMOS SOCIALES.
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