MANIFESTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
Enviado por jalejanm • 10 de Septiembre de 2013 • 853 Palabras (4 Páginas) • 314 Visitas
MANIFESTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN.
Acto administrativo:
Manifestación Unilateral de Voluntad; de la Administración, los Particulares que cumplan funciones administrativas, cualquier Entidad Publica en ejercicio de la actividad administrativa.
Elementos del acto administrativo:
La voluntad administrativa es condición del acto, su razón de ser; por su parte, los elementos que lo materializan le atribuyen condiciones de existencia, validez y eficacia. La voluntad del servidor publico es el presupuesto fundamental; porque el acto administrativo es voluntad, reflexión, conocimiento o inteligencia que se declaran en el ejercicio de la función administrativa y que producen efectos jurídicos de carácter general o individual.
Objeto del acto administrativo
El contenido, u objeto, del acto administrativo debe ser cierto, licito, posible; la doctrina agrega las exigencias de moral y no lesivo en forma antijurídica para los intereses de tercero, en virtud del respeto a la propiedad privada y a los demás derechos adquiridos con arreglo a las reglas civiles.
Estructura del acto administrativo:
• Ser, en principio, irrevocable y obligar a la entidad y al administrado afectado
• Proceder, en su contra, los recursos gubernativos de reposición, apelación y queja
• Ser acusable mediante acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
CLASIFICACION DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS:
• POR SU EXPEDICION: se clasifican en: Actos de poder o autoridad y actos de gestión, tomando como criterio histórico el surgimiento de las teorías francesas de la impugnabilidad o no de los actos y basados en la teoría del “poder público”. Los actos de poder, son recurribles ante la justicia especial y los actos de gestión son actos recurribles ante la justicia ordinaria o común.
• POR SU VINCULACION CON EL SERVICIO PÚBLICO: actos de servicio público y actos ajenos al servicio. Igualmente basado en las teorías francesas del “Servicio público” se clasifican los actos que son recurribles ante la jurisdicción especial o administrativa (actos de servicio público) y los que no lo son (actos fuera de servicio), pues estos tienen una naturaleza civil o común.
• POR SU CONTENIDO: Actos creadores de situaciones jurídicas generales, objetivas o reglamentarias y actos creadores de situaciones jurídicas individuales, subjetivas e impersonales y concretas. Esta clasificación francesa del acto administrativo surgió en los planteamientos de Georges VEDEL. Como se ha dicho, esta clasificación es la que más eco y practicidad ha tenido en el derecho administrativo colombiano.
Hecho administrativo:
Son aquellos fenómenos, acontecimientos o situaciones que se producen independientemente de la voluntad de la administración, pero que producen efectos jurídicos respecto de ella. Por ejemplo, un accidente causado por un vehículo de la administración; el derrumbamiento de un edificio de la administración, los hechos administrativos también
...